Todas las personas y autoridades tienen el deber de trabajar para que estos derechos sean respetados y garantizados. Si esto no sucede o, si tales derechos son violados, la CEDHJ está para ayudarte, acude o llama a cualquiera de nuestras oficinas.
Como medida a favor de la igualdad entre mujeres y hombres y para fomentar la corresponsabilidad en la crianza de hijas e hijos, la CEDHJ reconoce y protege como un derecho de los trabajadores de la institución “el permiso de paternidad”, mismo que se podrá ejercer en caso de nacimiento de su hijo o hija, pudiendo el trabajador gozar de una licencia por paternidad remunerada de diez días hábiles.
El trabajador a quien se le conceda la adopción de un niño o niña también disfrutará de este permiso o licencia de paternidad.
Trabajamos por el respeto de los derechos humanos, trabajamos por la paz
PIE
PEDRO MORENO 1616,
COLONIA AMERICANA.
CP 44160.
CONMUTADOR 33 3669 1101,
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