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BOLETINES 2017 /Abril
   
 

BOLETÍN 37 / Guadalajara, Jalisco, 5 de abril de 2017

Síntesis de la Recomendación 12/17, dirigida a la maestra Marisela Gómez Cobos, fiscal central del Estado, por la violación de los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, por la negativa de asistencia urgente e inmediata a víctimas de delito. Guadalajara, Jalisco. 5 de abril de 2017.

El 23 de febrero de 2017 esta Comisión inició queja de manera oficiosa por hechos presuntamente violatorios de derechos humanos en agravio de dos hombres fallecidos y sus deudos, todos en su calidad de víctimas del delito.

Según versiones periodísticas, se suscitó un tiroteo durante el asalto a un camión de traslado de valores de una empresa de seguridad en Plaza Independencia, en la colonia Flores Magón de Guadalajara, en el que perecieron un custodio y un civil, además resultaron lesionadas alrededor de diez personas.

Esta Comisión solicitó a la fiscalía un informe sobre los hechos, que fue rendido cinco días después por la Coordinación de la Unidad de Investigación de Homicidios Dolosos. En el informe proporcionaron nombres y domicilios de las personas fallecidas y de las lesionadas.

Comunicaron que solicitaron la intervención del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y de la Fiscalía de Derechos Humanos para la emisión de los dictámenes pertinentes, como valoración psicológica y orientación legal a las personas sobrevivientes afectadas; sin embargo, la dependencia no proporcionó copia de las constancias por el sigilo de la investigación.

Asimismo, el director del Centro de Vinculación y Seguimiento a la Defensa de los Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado reconoció la necesidad imperiosa de hacer la reparación integral del daño, con lo que de manera tácita aceptaba la responsabilidad en que se incurrió por la omisión de atención urgente, inmediata, completa y puntual de atender a las víctimas, así como su reconocimiento como tales y la petición para su auxilio integral a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado. 

En la documentación de la queja se advirtió que el personal de la Agencia del Ministerio Público 8 de la Unidad de Investigación de Homicidios Dolosos fue omiso en proporcionar a los familiares de los fallecidos, en su calidad de víctimas del delito, asesoría legal, atención, asistencia y rehabilitación inmediata y urgente, a lo que está obligado, de acuerdo con la Ley General de Víctimas y la de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco, pues a pesar de que sus respectivas cónyuges comparecieron el 18 de febrero de 2017 a la agencia ministerial, donde les hicieron saber sus derechos, no fue sino hasta los días 23 y 24 de ese mes y año, respectivamente, cuando por oficios se notificó a Ciencias Forenses y al Centro de Atención y Protección a Ofendidos, Víctimas y Testigos del Delito de la Fiscalía de Derechos Humanos para que se les practicaran dictámenes de impacto emocional a fin de determinar el daño moral, y para que se les proporcionara asesoría legal y apoyo psicológico e integral.

Esto resulta notoriamente insuficiente, pues aun así, omitieron aplicar en su beneficio las normas más favorables que protegen a los deudos de las dos víctimas mortales, las cuales velan por su protección, para proporcionarles ayuda provisional oportuna y rápida, asistencia y reparación integral del daño urgente e inmediata.

Los servidores públicos de la Fiscalía General del Estado que resulten involucrados en los hechos indagados en el expediente de queja, materia de esta Recomendación, violaron los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica por la negativa de asistencia integral urgente, inmediata, completa y puntual a víctimas de delito, en perjuicio de los familiares de los finados agraviados, en su calidad de víctimas del delito, por lo que dicta las siguientes:

Recomendaciones

A la maestra Marisela Gómez Cobos, fiscal central del Estado:

Primera. Identifique plenamente a los servidores públicos ministeriales que resulten involucrados en los hechos documentados en el expediente de queja, materia de esta Recomendación, entre ellos, quienes integran la carpeta de investigación 17141/2017 en la agencia del Ministerio Público número 8 de la Unidad de Investigación de Delitos Dolosos.

Segunda. Hecho lo anterior, ordene a quien corresponda que inicie, tramite y concluya procedimiento administrativo sancionatorio en contra de los servidores públicos de la Fiscalía General del Estado que resulten involucrados por los hechos aquí indagados.

Tercera. Se capacite de forma constante en materia de derechos humanos a los funcionarios públicos que resulten involucrados, a fin de concienciarlos en la protección y respeto de los derechos de los ciudadanos y, en especial, a las víctimas de delito y de violaciones a derechos humanos, como en caso que nos ocupa.

Cuarta. Acorde con lo dispuesto en la Ley General de Víctimas y la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco, proceda a solicitar a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco que materialice la reparación integral del daño a los deudos de los finados agraviados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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