BOLETÍN 35 / Guadalajara,
Jalisco, 30 de abril de 2019
FISCALÍA DEL ESTADO Y SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO ACEPTAN RECOMENDACIÓN 5/19 POR CASO DE FEMINICIDIO
La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) recibió de la Fiscalía del Estado y de la Secretaría General de Gobierno la aceptación de los puntos de la Recomendación 5/2019, cuyo hecho victimizante fue feminicidio.
En la investigación quedó acreditado que se violaron los derechos humanos a la vida, a la integridad física y psíquica, a la libertad y a la seguridad personal, por la obligación de garantía; del respeto a la dignidad inherente a su persona y el derecho a una vida libre de violencia y de toda forma de discriminación; el derecho a la legalidad y seguridad jurídica, en relación con los derechos de las víctimas de delitos y de violaciones de derechos humanos.
La Secretaría General de Gobierno aceptó las tres peticiones que se le realizaron, consistentes en otorgar a descendientes de la víctima directa vivienda propia y apoyos necesarios para que desarrollen sus actividades productivas; dar a los hijos de la víctima guardería y sustento para sus estudios y desarrollo profesional, y realizar las gestiones que se estimen necesarias para que en las 12 regiones de Jalisco se cuente con casas de resguardo y protección para mujeres víctimas de violencia. Lo anterior, con el propósito de ampliar los niveles de protección que eviten hechos como el documentado en la Recomendación.
Con respecto a las peticiones dirigidas a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, se comprometió a otorgar el registro de víctimas indirectas a la madre de la víctima directa y a sus hijos, así como la reparación integral del daño, lo cual incluye las medidas de compensación, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
La Fiscalía de Jalisco aceptó los puntos que le fueron dirigidos, que son referentes a la reparación del daño, consistentes en brindar atención médica y psicológica a las víctimas indirectas, e iniciar los procedimientos de responsabilidad administrativa correspondientes.
Girará instrucciones para que se logre la aprehensión del presunto responsable; se realizarán gestiones con diversas dependencias para el apoyo de renta de una casa habitación, así como la implementación de medidas de seguridad a favor de los familiares de la víctima directa.
Se realizarán gestiones con diversas dependencias para el apoyo del memorial; y en cuanto a la disculpa pública, señalaron que la realizarán conforme a derecho corresponda y garantizarán las medidas de no repetición.
En relación con las diputadas y diputados que integran las comisiones legislativas de Derechos Humanos y Pueblos Originarios; Igualdad Sustantiva y de Género; Seguridad y Justicia; Puntos Constitucionales y Electorales; Estudios Legislativos y Reglamentos del Congreso del Estado, se notificó la Recomendación el 5 de abril de 2019, y el plazo venció el 26 de abril. No obstante, el Poder Legislativo tuvo su periodo vacacional del 15 al 26 de abril.
Lo anterior se desprende de los hechos que dieron origen a la Recomendación, que se remontan a cuando la madre presentó la queja ante la CEDHJ a favor de su hija, quien fue víctima de feminicidio por parte de su pareja el 10 de marzo de 2017. Señaló que antes de su muerte, el 6 de febrero de 2017, su hija acudió a denunciar violencia física y psicológica sistemática por parte de su agresor. Sin embargo, personal del Centro de Justicia para las Mujeres, de la entonces Fiscalía General del Estado, fue negligente al no realizar las diligencias necesarias para evitar el asesinato de su hija. La queja presentada, de igual manera señala la inconformidad respecto a las omisiones por parte de la Dirección de Investigación de Homicidios de la citada Fiscalía, porque no han aprehendido al responsable, no obstante la existencia de la orden correspondiente.
Esta defensoría dará seguimiento puntual para el cabal cumplimiento de los puntos recomendatorios, reiterando que además de las peticiones por este caso en particular, se solicitaron medidas de carácter general, como diseñar formatos que reflejen la aproximación conceptual del problema, que trascienda la satisfacción del ordenamiento judicial y que faciliten la aplicación de los procesos estratégicos, entrevista inicial, valoración de riesgo, seguimiento, derivación, monitoreo de las derivaciones y cierre de los casos; se actualice y perfeccione el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, en un sistema electrónico de acceso inmediato en las agencias del Ministerio Público estatales.
Aplicación y cumplimiento del Protocolo de Actuación con Perspectiva de Género para la Investigación del Delito de Feminicidio para el Estado de Jalisco.
A los presidentes de los 125 municipios del estado se les solicita que, de conformidad con el Plan de Mejoras para la Atención y Seguimiento de Órdenes de Protección en Casos de Violencia contra Mujeres, los reglamentos internos o reglamentos orgánicos de las distintas comisarías incorporen dentro de sus atribuciones lo relativo al seguimiento de órdenes de protección. También se recomienda que las unidades especializadas de atención de la violencia sean incorporadas al reglamento orgánico o al reglamento interno de las comisarías municipales y, a su vez, se especifiquen sus atribuciones, en particular aquellas referentes a las órdenes de protección.
Codiseñar un modelo estandarizado de seguimiento a las órdenes de protección emitidas a favor de mujeres receptoras de violencia, de observancia para las comisarías de seguridad pública de la zona metropolitana de Guadalajara, con el acompañamiento técnico de especialistas, personal de las unidades especializadas, personal policial operativo y los insumos de usuarias que aporten a identificar las necesidades reales de las receptoras de violencia que obtienen órdenes de protección.
Fortalecer el funcionamiento de las áreas municipales de atención a las mujeres, a efecto de que cuenten con los recursos, personal y apoyo necesarios para cumplir sus labores, entre las que se encuentra el atender a las víctimas de violencia.
Articulen con otros municipios una red coordinada de centros de atención urgente a mujeres víctimas de violencia, que incluya servicios de alojamiento inmediato en lugares debidamente protegidos y en donde se incluyan servicios médicos, psicológicos y jurídicos especializados, así como el ofrecimiento de programas sociales y lo necesario para que se sustraigan de los contextos de violencia y tengan la posibilidad de reconstruir sus proyectos de vida digna, libres de todo tipo de violencia.
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