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BOLETINES 2015 / Agosto
   
 

BOLETÍN 78 /Guadalajara, Jalisco, 05 de agosto de 2015

La CEDHJ emitió Recomendaciones a la Comisaría de Seguridad Pública por violación de los derechos a la integridad y seguridad personal, la legalidad y seguridad jurídica de varios detenidos

  • Otras Recomendaciones fueron dirigidas al  secretario de Salud y al presidente municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos

  
Recomendación 23/15

Está dirigida al licenciado Francisco Alejandro Solorio Aréchiga, comisionado de Seguridad Pública del Estado, por violación de los derechos a la libertad, a la integridad y seguridad personal, a la privacidad, a la propiedad y a la legalidad y seguridad jurídica.

El 4 de octubre de 2013, varios elementos de la Policía Investigadora irrumpieron en un inmueble en el que detuvieron a una mujer y a sus dos hijos, uno de estos, menor de edad, por su participación en un supuesto secuestro.

El niño fue abandonado por los agentes en la vía pública, con la advertencia de que no regresara a su casa porque estaba rodeada de policías; mientras que la madre y el hijo mayor permanecieron detenidos. Ellos alegaron que fueron golpeados en los separos y posteriormente estuvieron a disposición de un juez, de quien obtuvieron su libertad.

Al día siguiente de la detención, los agentes sustrajeron del inmueble dinero en efectivo, rocolas y brincolines que rentaban los agraviados.

Debido a que se acreditaron las violaciones mencionadas líneas atrás, la CEDHJ dirigió al  comisionado de Seguridad Pública del Estado las Recomendaciones para que tramite y concluya procedimiento sancionatorio de responsabilidad en contra de los doce agentes investigadores adscritos a la Unidad Especializada en Combate al Secuestro de la FCE, en el que se atiendan las razones y fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente Recomendación.

Agregar copia de la presente Recomendación a los expedientes administrativos de dichos servidores públicos para que obre como antecedente de sus conductas violatorias y se les capacite de forma constante y sean reparados de forma integral los daños causados a los agraviados, en cuanto al detrimento y menoscabo económico sufrido en los bienes sustraídos; lo que deberán acreditar ante la autoridad correspondiente.

Se solicitó al fiscal central del Estado, Rafael Castellanos, que inicie averiguación previa en contra de los elementos de la Policía Investigadora del Estado por su probable responsabilidad penal en los delitos de abuso de autoridad, lesiones, allanamiento de morada, robo y los que resulten, por los hechos analizados en la queja materia de la presente Recomendación.

Recomendación 24/15

Dirigida a Francisco Alejandro Solorio Aréchiga, comisionado de Seguridad Pública del Estado, y a Rafael Castellanos, fiscal central del Estado, por violación de los derechos a la integridad personal (tortura), al trato digno y a la legalidad y seguridad jurídica (ejercicio indebido de la función pública) en agravio de un hombre al que acusaron de haber participado en un homicidio.

Luego de la investigación de la queja presentada en septiembre de 2014, quedó  demostrado el abuso cometido por tres elementos de la Policía Investigadora, puesto que se aprovecharon no sólo de su superioridad numérica, sino de la vulnerabilidad del agraviado al estar inmovilizado. En estas condiciones fue sometido a diversos golpes, así como quemaduras en genitales, introducción de agente contundente por vía anal y amenazas, que se traducen en tortura física y psicológica, para obligarlo a aceptar su participación en el delito imputado. Con ello se demostró la veracidad de su dicho y la violación de sus derechos a la integridad personal, al trato digno y a la legalidad y seguridad jurídica.

En los puntos recomendatorios, la CEDHJ solicitó al comisionado de Seguridad Pública del Estado que inicie procedimiento sancionatorio en contra de los policías investigadores, donde se atiendan las razones y fundamentos expuestos en esta Recomendación.

Se capacite de forma constante en materia de derechos humanos a los funcionarios públicos involucrados, a fin de concienciarlos en la protección y respeto de los derechos humanos de los ciudadanos y la prohibición de tratos crueles e inhumanos, y que ordene hacer efectivo el pago de la reparación del daño al aquí quejoso, de forma directa e integral, conforme a la Ley General de Víctimas.

Al maestro Rafael Castellanos, fiscal Central del Estado, se le solicitó que  inicie averiguación previa en contra de los agentes de la Policía Investigadora  involucrados, por la probable responsabilidad penal en los delitos de tortura, lesiones, abuso de autoridad y los que resulten.

Recomendación 25/15

La resolución está dirigida al doctor Sergio Ramón Quintero González, presidente municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos, por violación del derechos a la integridad y seguridad personal, a la libertad ya a la legalidad y seguridad jurídica, en agravio de un  hombre y sus dos hijos.

La afectación de los derechos de estas personas se verificó cuando elementos de la policía municipal intervinieron en un lío de tipo vecinal y arrestaron en un domicilio particular a un padre de familia y luego a sus dos hijos, que con diferencia de horas se presentaron en la comandancia de policía para preguntar sobre el paradero de su progenitor.

 Esta Comisión tiene pruebas suficientes para acreditar que los mencionados agentes involucrados se excedieron en el ejercicio de sus atribuciones y violaron derechos elementales a la integridad personal de los aquí agraviados, pues las lesiones que reclamaron se las infligieron los policías involucrados cuando los detuvieron.

En los puntos recomendatorios dirigidos al doctor Sergio Ramón Quintero González, presidente municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos, se solicita que ordene a quien corresponda que tramite procedimiento sancionatorio de responsabilidad en contra de Getzauth Godínez Corona, juez municipal; José Manuel Becerra Santacruz, director general; y trece elementos de la policía municipal, donde se atiendan las razones y fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente Recomendación.

Asimismo, que se agregue copia de la presente Recomendación a los expedientes de los antes mencionados, para que obre como antecedente de sus conductas violatorias y se capacite de forma constante en materia de derechos humanos a los funcionarios públicos involucrados, a fin de concienciarlos en la protección y respeto de los derechos de los gobernados y evitar violaciones futuras de estos mediante conductas reprochables como las aquí documentadas.

También se solicitó al fiscal regional del Estado, Raúl Alejandro Velázquez Ruiz, que inicie, tramite y concluya averiguación previa en contra de los ya mencionados por la probable responsabilidad penal en los delitos de abuso de autoridad, lesiones y los que resulten por los hechos analizados en la queja materia de la presente Recomendación.

Recomendación 26/15

Por la violación del derecho a la protección de la salud por negligencia, imprudencia e inobservancia de reglamentos, se dirigió la Recomendación al doctor Jaime Agustín González Álvarez, secretario de Salud y director del organismo público descentralizado Servicios de Salud Jalisco.

La queja tiene relación con el fallecimiento de un padre de familia que acudió al  Servicio de Urgencias Adultos del Hospital General de Occidente, dado que presentaba un agudo malestar estomacal, sin recibir la atención adecuada.

Aunque la información era suficiente para establecer que el paciente padecía una grave infección y se hallaba en estado de choque, varios galenos omitieron disponer su traslado a un área de cuidados intensivos, pues se limitaron a darle un manejo con indicaciones insuficientes. El paciente falleció.

Quedó plenamente acreditado que los médicos pertenecientes al Hospital General de Occidente incurrieron en violación del derecho a la protección de la salud en agravio del señor. Que actuaron con imprudencia, negligencia e inobservancia de reglamentos e inobservancia de reglamentos, y por ello esta Comisión dicta las siguientes:

 

Se recomendó al secretario de Salud que disponga lo conducente para a fin de realizar la reparación integral del daño a la quejosa, de conformidad con la Ley General de Víctimas y con la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco.

Que instruya a quien tenga las facultades legales para que inicie, tramite y concluya un procedimiento sancionatorio, con base en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, en contra de los médicos involucrados, y se  agregue copia de la presente resolución a los expedientes administrativos de los galenos, para que obre en ellos constancia de la violación de derechos humanos en que incurrieron.

Se comunica a las autoridades a las que van dirigidas las presentes Recomendaciones, que deberán informar su aceptación o no, dentro del término de diez días.

 

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