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BOLETINES 2014 / Diciembre
   
 

BOLETÍN 161 /Guadalajara, Jalisco, 18 de diciembre de 2014

DIRIGE LA CEDHJ RECOMENDACIÓN A LA FISCALÍA CENTRAL DEL ESTADO POR VIOLAR EL DERECHO A LA LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA

* Denuncia de violencia intrafamiliar no atendida, deriva en asesinato

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) dirigió la Recomendación 39/14 a Rafael Castellanos, fiscal central del estado, por ser omisos al no dar protección a una mujer que denunció maltrato por parte de su cónyuge y que derivó en el asesinato de éste.

El ombudsman, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, dijo que después de realizar una investigación de oficio de una mujer que se comprobó que se violaron los derechos a la legalidad y la seguridad jurídica.

“Este organismo concluyó que de haberse emitido las órdenes de protección que el caso ameritaba, y de haber integrado con prontitud y legalidad la indagatoria 9834/2009, se habrían inhibido las posibilidades del fatal homicidio, el encarcelamiento que actualmente sufre la agraviada, y la consiguiente afectación a sus menores hijos al quedar separados de su madre”, dijo.

El 10 de enero de 2014 acudió a las instalaciones de una televisora, donde reconoció ante las cámaras que un día anterior había privado de la vida a su expareja sentimental cuando éste la golpeaba en un acto público.

El presidente de la CEDHJ dijo que los exfiscales Carlos Alberto Vargas González y Perla Georgina Macías Gómez, encargados de integrar la averiguación previa 9834/2009, fueron omisos en decretar las medidas de protección a favor de la quejosa y sus menores hijos, en practicar las correspondientes diligencias para acreditar el cuerpo de los delitos denunciados, así como la probable responsabilidad del inculpado en los hechos.

Por lo cual le solicita al Fiscal Central que inicie, tramite y concluya averiguación previa en contra de los exfiscales por su probable responsabilidad penal en el delito de abuso de autoridad y los que resulten e integre copia de la resolución al expediente laboral de los servidores públicos y ordene hacer efectiva la reparación del daño a la quejosa, de forma integral y conforme a la Ley General de Víctimas, sobre todo en lo concerniente a la rehabilitación psicológica de la agraviada y de sus hijos menores de edad.

AYUNTAMEINTO DE TLAJOMULCO

La Recomendación 37/14 va dirigida a Ismael del Toro, alcalde del Ayuntamiento de Tlajomulco, por la violación de los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, a la libertad personal y a la privacidad en agravio de una persona, que el 15 de febrero de 2014, interpuso una queja en contra de elementos de la Comisaría General de Seguridad Pública de dicho municipio y personal de la agencia del Ministerio Público de Detenidos de la Fiscalía Regional del Estado, quienes lo amenazaron, agredieron e ingresaron a su domicilio sin orden de cateo.

“Con base en el análisis de los hechos, se concluye que los elementos de la Comisaría General de Seguridad Pública de Tlajomulco de Zúñiga, Juan Ávalos López, Luis Briones García, José Elías Linares Sánchez y Édgar Villegas Soria vulneraron los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, a la libertad personal y a la privacidad en su modalidad de cateos y visitas domiciliarias ilegales en agravio del quejoso”, dijo el ombudsman.

En este caso, la Comisión solicita que se inicie proceso administrativo de responsabilidad a los elementos y se analice la responsabilidad en la cual incurrieron y también que se ponga en marcha y garantice el buen desarrollo de un programa integral de capacitación tanto al personal como los aspirantes a serlo.

Al fiscal central, Rafael Castellanos, aunque no es autoridad involucrada, se le pide instruir a su personal para que concluya las investigaciones de la averiguación previa 961/2014 y determine responsabilidad penal a quien corresponda.

SECRETARÍA DE SALUD JALISCO

La Recomendación 38/14 va dirigida a Jaime Agustín González Álvarez, secretario de Salud, por la violación del derecho a la protección de la salud, por imprudencia y negligencia, por la muerte de un nonato. El caso se le relaciona con una queja interpuesta en la Comisión el 6 de enero de 2014 contra personal del Hospital General de Occidente y de quien o quienes resulten responsables por presuntos actos de imprudencia y negligencia.

Álvarez Cibrián señaló que ninguno de los dos médicos estableció un diagnóstico adecuado de las condiciones que la quejosa presentaba, no obstante que el 31 de diciembre de 2013 acudió en dos ocasiones. “La falta de un diagnóstico certero impidió garantizar plenamente su derecho a la protección de la salud y el del producto de su embarazo, ya que sólo valoraron su pelvis clínicamente, pero no con apoyo radiológico o ecosonográfico, ni le practicaron un adecuado interrogatorio y evaluación física”.

Responsabilidad que recayó en los médicos Edith Esmeralda Luna Covarrubias y Juan Alfonso Vicenteño García, incurrieron en violación del derecho a la protección de la salud por imprudencia y negligencia. “Se solicita al director de Servicios de Salud Jalisco que inicie, tramite y concluya un procedimiento sancionatorio en contra de los médicos involucrados, agregar una copia de la resolución a su expediente laboral y reparar de manera integral el daño a los quejosos de acuerdo con la Ley de Víctimas”.

Además, el presidente de la CEDHJ recomendó efectuar un análisis integral de las necesidades del área de urgencias gineco-obstétricas del nosocomio e instruir al personal en la aplicación de la norma oficial mexicana NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico. En todas las recomendaciones, cada autoridad tiene, por ley, diez días hábiles para informar si las resoluciones son aceptadas.

 

 

 

 

 

     
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