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BOLETINES 2016 / Diciembre
   
 

BOLETÍN 151 / Guadalajara, Jalisco, 15 de diciembre de 2016

CEDHJ EMITE RECOMENDACIÓN EN FAVOR DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE JALISCO

Dos más van dirigidas a la Secretaría de Educación, otra a Protección de Riesgos Sanitarios de Jalisco, y la última, a la Fiscalía General del Estado de Jalisco

El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, presentó las siguientes Recomendaciones.

Recomendación 49/16
Dirigida al licenciado Fausto Mancilla Martínez, fiscal regional del Estado, por la violación de los derechos a la legalidad y a la seguridad jurídica en la procuración de justicia de quienes integran pueblos originarios y comunidades indígenas.
Autoridades tradicionales y habitantes de los pueblos originarios de Wuat+a-San Sebastián Teponahuaxtlán, Tateikie-San Andrés Cohamiata, Tuapurie Santa Catarina Cuexcomatitlán y Tuxpan de los municipios de Mezquitic y Bolaños presentaron diversas quejas ante esta Comisión por cinco casos en los que señalan una deficiente actuación de los funcionarios públicos adscritos a las agencias investigadoras del Ministerio Público en los municipios de Huejuquilla el Alto y San Martín de Bolaños.
Afirmaron que no se les garantiza el acceso a la justicia, que no les reciben las denuncias penales de hechos en los que han resultado afectados, y que, en cambio, son objeto de investigaciones y detenciones sin que se cumplan los requisitos de ley.
Un caso es sobre un menor de edad que perdió la visión de un ojo, otro es un grupo de 12 wixaritari a quienes acusaron de abigeato, y tres casos de mujeres: una que fue agredida físicamente y con intento de violación sexual, y dos de las que se pide aclarar su muerte.
Esta Comisión solicita a dicha fiscalía que se realice el pago por la reparación del daño a las víctimas, de conformidad con las leyes federal y estatal, y los instrumentos internacionales invocados en la presente Recomendación, entre ellas el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
También, que se fortalezcan las actividades de capacitación y actualización del personal de la fiscalía respecto a las medidas de atención a las víctimas que prevén las legislaciones recientemente aprobadas en la materia; y se instalen, por lo menos en las zonas nahua y wixárika, agencias del Ministerio Público especializadas en la atención de los miembros de los pueblos originarios, cuyos funcionarios pertenezcan a los pueblos y comunidades a los cuales habrán de atender.
Previo diálogo con las autoridades tradicionales de los pueblos originarios de Jalisco, se recomienda un proyecto de capacitación a éstas, respecto a la aplicación de sus usos y costumbres y la forma en la cual pueden ejecutar sus acciones como autoridades tradicionales a la luz del derecho positivo mexicano.
A Miguel Castro Reynoso, titular de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social; Fausto Mancilla Martínez, fiscal regional del Estado; y Carlos Óscar Trejo Herrera, titular de la Procuraduría Social, se les solicita el cumplimiento de la Recomendación 40/2015, emitida por esta institución y en la que se realizan diversos planteamientos en materia de acceso a la justicia de pueblos originarios y comunidades indígenas.

Recomendación 48/16
Dirigida a Marisela Gómez Cobos, fiscal central de la Fiscalía General del Estado de Jalisco, por la violación de los derechos de la niñez a la legalidad y seguridad jurídica, por incumplimiento de la función pública y falta de perspectiva de género en la procuración de justicia.
Una mujer presentó queja a favor de su hija y contra un comandante de la Policía Investigadora, así como de los agentes del Ministerio Público de la agencia 8 Operativa y 4 de la Unidad de Investigación contra Delitos de Trata de Personas, Mujer, Menores y Delitos Sexuales de la Fiscalía Central, dependiente de la Fiscalía General del Estado de Jalisco.
Relató que presentó una denuncia penal por la violación de su hija de quince años; se integró la averiguación previa, se giraron los oficios para dar la atención integral a la víctima, pero al llegar su caso a la agencia 8 se detuvo y les hicieron dar vueltas a la Fiscalía sin tener respuestas. La menor de edad identificó al hombre de cuarenta años de edad, aproximadamente, de nombre Iván, como policía de Guadalajara, y narró la forma en que sufrió el abuso sexual con su consentimiento.
Sin justificación por parte de la Fiscalía, su averiguación previa fue remitida para su integración a la agencia del Ministerio Público 4 de Delitos Sexuales, donde la actuación de los servidores públicos ha sido lenta y le dan excusas para continuar el proceso. Tanto la madre como la hija refieren tener miedo del policía señalado, y que como no les hicieron caso en la Fiscalía, se fueron a vivir a otra ciudad.
La CEDHJ solicita la reparación integral del daño a las víctimas; se ordene dar continuidad a programas de capacitación y sensibilización en materia de derechos humanos; se agregue copia de la presente resolución al expediente administrativo de Ricardo Sandoval Salinas, Verónica Torres Sandoval, Fabiola Castellanos Pinto, Esperanza Arellano Soria y Susana Ramos Zúñiga; y que se realicen las diligencias necesarias para la debida integración de la averiguación previa 5009/2015.
Al encargado de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría de la Fiscalía General del Estado, Reymundo Gutiérrez Mejía, que gire instrucciones para que investigue los hechos documentados y, en el caso de que existan elementos suficientes, inicie procedimiento de responsabilidad en contra de los acusados.

Recomendación 47/16
Dirigida a Francisco de Jesús Ayón López, secretario de Educación de Jalisco, por violación de los derechos humanos a la integridad y seguridad personal (psíquica), al trato digno y a la legalidad y seguridad jurídica por el ejercicio indebido de la función pública y a la igualdad por la falta de perspectiva de género.
Una maestra de la Secundaria Técnica 148 presentó queja en contra del subdirector de la misma escuela, Sergio Antonio Ansaldo García. Relató que de forma constante la acosaba sexualmente y le decía palabras que a ella le incomodaban, como: “no te quieres alinear”, “a ti lo que te falta es amor, ¿cuánto pagas?” y “tú mejorarías con un masaje”, “se me antoja que estés sin ropa”. Estas agresiones se atrevió a realizarlas delante de su hija, situación más denigrante para ella.
Estos hechos le provocaron afectación a su salud, según se corrobora con el dictamen de estrés postraumático practicado por el área médica y de dictaminación de esta Comisión, en la que se determinó que la quejosa presentó dicho trastorno, por lo que se configuró un trauma posterior o secuela emocional permanente en su estado emocional y psicológico. Además, según el dicho de la quejosa, eso derivó en una parálisis facial de la que hasta la fecha no ha podido recuperarse.
Con la investigación que practicó personal de este organismo se demostró que el maestro Sergio Antonio Ansaldo García actuó de manera indebida en la función pública, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la maestra por su condición de mujer y al ser su subordinada.
Esta defensoría solicita que se realice la reparación integral del daño a la quejosa, gire instrucciones para que se investigue los hechos documentados y se inicie y concluya procedimiento de investigación administrativa en contra del subdirector y con copia a su expediente.
A la fiscal central del Estado, maestra Maricela Gómez Cobos, que gire instrucciones para que se inicie la carpeta de investigación en contra del subdirector respecto a la probable responsabilidad penal.

Recomendación 46/16
Dirigida a Francisco de Jesús Ayón López, secretario de Educación Jalisco, por la violación de los derechos del niño, a la integridad y seguridad personal, y a la libertad sexual, por el acoso sexual de un maestro hacia una alumna de secundaria.
La queja la presentó la mamá y señaló que el profesor trataba a su hija de manera inapropiada, pues la tocaba en su área genital, piernas y glúteos, motivo por el cual presentó denuncia ante la Fiscalía General.
Personal del área de Medicina, Psicología y Dictaminación de este organismo llevó a cabo un reporte de evaluación psicológica a la menor de edad, la cual presentó timidez, inseguridad, depresión, preocupación, dificultad para abrirse al exterior, miedo agudo sexual, conductas agresivas e inhibición de impulsos, con lo cual se corrobora la probable violencia sexual.
Aunque posteriormente a la inconformidad de la queja se sugirió que el maestro no laborara con o cerca de menores de edad, esto no fue observado por la Secretaría de Educación, ya que fue reintegrado en sus funciones como docente en la misma secundaria, apelando a sus derechos laborales, lo que constituye una nueva victimización hacia la menor de edad.
La Comisión solicita que se lleve a cabo la reparación integral del daño a la víctima; se inicie, tramite y concluya procedimiento sancionatorio en contra del profesor y se agregue copia a su expediente; que sea reasignado en sus actividades laborales en donde no tenga contacto con menores de edad y se evalúe a todos los alumnos y alumnas de la escuela secundaria 127 Leona Vicario, a fin de descartar la existencia de más alumnos(as) que hubieran podido resultar agraviados(as).
A Marisela Gómez Cobos, fiscal central del Estado, que gire instrucciones al agente del Ministerio Público 4 de esa Fiscalía para que realicen las diligencias de la averiguación previa 516/2016.

Recomendación 45/16
Dirigida a Dagoberto García Mejía, comisionado para la Protección de Riesgos Sanitarios de Jalisco, por violación de los derechos humanos de los adultos mayores y prestación indebida del servicio público, en contra de personal de la Comisión para la Protección de Riesgos Sanitarios de Jalisco (Coprisjal), por considerar la mala atención que presta el Hogar Geriátrico Santo Job, SC.
Una persona presentó una queja en favor de su padre, ahora fallecido, y quien estaba en la casa de descanso, donde señala que prevalecen distintas irregularidades en el cuidado de los adultos mayores, ya que carecen de las medidas de seguridad y de la atención que los internos requieren; no cuenta con el personal mínimo que se necesita para su atención y las instalaciones adolecen de falta de higiene, lo que, según consideró, se reflejaba en el estado de salud de su padre, que se vio desmejorado.
Esta Comisión probó que no se garantizó un debido servicio público del personal de la Coprisjal, porque en las visitas de verificación fueron advertidas diversas irregularidades en la guarda y custodia de los residentes, sin que hubiera puesto en marcha acciones para el cumplimiento de las medidas de seguridad que en su momento debieron haberse solventado en el citado asilo.
La CEDHJ solicita que se realice la reparación del daño de manera integral a favor de las víctimas indirectas que así lo acrediten, y se realicen visitas de verificación al hogar geriátrico para dar seguimiento y monitoreo de las observaciones encontradas.
Se inicie, tramite y concluya una investigación administrativa de responsabilidad en contra del personal de la Coprisjal que resulte responsable de haber llevado a cabo las visitas de verificación en la casa de descanso.
A Carlos Óscar Trejo Herrera, procurador social del Estado; Felipe de Jesús López Sahagún, director de Protección Civil y Bomberos de Guadalajara; y Alma Guadalupe Salas Montiel, directora del Instituto Jalisciense del Adulto Mayor, que giren instrucciones para que se realicen visitas de verificación en el hogar geriátrico, tendentes a dar seguimiento a las observaciones encontradas y se realicen supervisiones periódicas.
A Marisela Gómez Cobos, fiscal central del Estado, instruya al titular de la agencia 6 del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Delitos Varios, para que se desahoguen las diligencias pendientes para la debida integración de la averiguación previa 18893/2015 y se resuelva conforme a derecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     
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