CABEZA
 
PAGINA DE INICIO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS JALISCO  
BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS
twitter de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco Enlace a youtube de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco instagram de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco
   
Menu Boletines
 
BOLETINES 2016 / Diciembre
   
 

BOLETÍN 155 / Guadalajara, Jalisco, 15 de diciembre de 2016

Síntesis de la Recomendación 48/16, dirigida a la maestra Marisela Gómez Cobos, fiscal central de la Fiscalía General del Estado de Jalisco, por la violación de los derechos de la niñez a la legalidad y seguridad jurídica, por incumplimiento de la función pública y falta de perspectiva de género en la procuración de justicia. Guadalajara, Jalisco, 15 de diciembre de 2016

El 4 de febrero de 2016, una mujer acompañada de su hija menor de edad presentó queja en contra de un comandante de la Policía Investigadora, así como de los agentes del Ministerio Público de la agencia 8 Operativa y 4 de la Unidad de Investigación contra Delitos de Trata de Personas, Mujer, Menores y Delitos Sexuales de la Fiscalía Central, dependiente de la Fiscalía General del Estado de Jalisco.
            La quejosa señaló que el 14 de diciembre de 2015, su hija de quince años de edad fue víctima de violación sexual, por lo que de inmediato presentó la denuncia penal correspondiente a fin de que se procediera a la detención del agresor. Aseguró que se integró la averiguación previa 5009/15, se giraron los respectivos oficios para brindar apoyo integral a la víctimay que se le practicara el examen profiláctico del cual hasta el momento ignora el resultado.
La mujer afirmó que desde esa fecha personal de la agencia 8 operativa, únicamente le hizo dar vueltas a la Fiscalíasin darle respuesta sobre la detención del agresor, aunque contaban con todos los elementos legales probatorios necesarios para proceder en su contra. La menor de edad identificó al hombre de cuarenta años de edad aproximadamente, de nombre Iván, como policía de Guadalajara, y narró la forma en que sufrió el abuso sexual con su consentimiento.
La quejosa señaló que sin justificación por parte de la Fiscalía, suaveriguación previa fue remitida para su integración a la agencia del Ministerio Público 4 de Delitos Sexuales, donde la actuación de los servidores públicos ha sido lenta, pues ellos le dicen tener mucho trabajo y que su caso no es el único. Dijo además que hay documentos expedidos con fechas erróneas y que el comandante Héctor Montañez, acompañado de otro policía investigador, acudió a su domicilio para informarle que la declaración de su hija se había extraviado.
Tanto la madre como la hija refieren tener miedo del policía señalado, y que como no les hicieron caso en la Fiscalía, se fueron a vivir a otra ciudad, hecho que fue constatado por esta Comisión.
Los servidores públicos involucrados negaron las afirmaciones de la quejosa asegurando haberse apegado a derecho y que integraron de manera debida la indagatoria hasta donde les correspondía.
Del análisis de la averiguación previa,  a partir de la relación de las acciones y omisiones específicas de los servidores públicos involucrados, quienes intervinieron en la integración de la indagatoria, esta defensoría determina que hubo un retraso injustificado en el acceso a la justicia por parte de los agentes del Ministerio Público.
Quedó acreditado que Ricardo Sandoval Salinas, Verónica Torres Sandoval, Fabiola Castellanos Pinto, Esperanza Arellano Soria y Susana Ramos Zúñiga, agentes del Ministerio Público dependientes de la Fiscalía General del Estado, violaron los derechos humanos de la quejosa y de su hija menor de edad, al realizar una deficiente investigación de los hechos que motivaron la integración de la averiguación previa 5009/2015 y con ello vulneraron los derechos de la niñez a la legalidad y seguridad jurídica, por incumplimiento de la función pública y falta de perspectiva de género en la procuración de justicia, por lo que esta Comisión dicta las siguientes Recomendaciones:

A la maestra Marisela Gómez Cobos, fiscal central de la Fiscalía General del Estado de Jalisco:

Primera. Emprenda las acciones necesarias para que se realice, a favor de las agraviadas la reparación integral del daño de forma directa y en la que se incluyan todas las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantía de no repetición, de conformidad con la Ley General de Víctimas, la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco y los instrumentos internacionales invocados en la presente Recomendación, haciendo hincapié en que se garantice la atención profesional o de especialistas que valoren las afectaciones emocionales y psicológicas que puedan tener las agraviadas, para lo cual dicha atención deberá proporcionarse por el tiempo que se requiera en el lugar más cercano a su residencia.

Lo anterior, como un acto de reconocimiento, atención y verdadera preocupación por las víctimas de violaciones de derechos humanos ocasionadas por la actividad irregular de las autoridades, consistentes en: garantizar el interés superior y protección de la menor de edad agraviada y de su madre, víctimas ante la existencia de un probable delito.

Segunda. Ordene lo necesario para dar continuidad a programas de capacitación y sensibilización en materia de derechos humanos, especialmente a todos los agentes de la institución del Ministerio Público, dependiente de la Fiscalía General del Estado.

Tercera. Ordene a quien corresponda que se agregue copia de la presente resolución al expediente administrativo de Ricardo Sandoval Salinas, Verónica Torres Sandoval, Fabiola Castellanos Pinto, Esperanza Arellano Soria y Susana Ramos Zúñiga, como antecedente de que violaron derechos humanos en los términos de esta Recomendación.

Cuarta. Que ordene a quien corresponda, del personal a su cargo, que se realicen las diligencias necesarias para la debida integración de la averiguación previa  5009/2015, concluyendo con la determinación correspondiente y, de resultar procedente, la consignación de la indagatoria ante el juez penal en turno.

Al encargado de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría de la Fiscalía General del Estado, maestro Reymundo Gutiérrez Mejía, se le solicita:

Gire instrucciones a quien corresponda para que en un plazo razonable, de conformidad con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco, investigue los hechos documentados y, conforme a las garantías del debido proceso, se inicien y concluyan procedimientos de investigación, y en el caso de que existan elementos suficientes, inicie procedimiento de responsabilidad en contra de Ricardo Sandoval Salinas, Verónica Torres Sandoval, Fabiola Castellanos Pinto y Susana Ramos Zúñiga, agentes del Ministerio Público dependientes de la Fiscalía General del Estado, por las violaciones de derechos humanos cometidas contra las agraviadas. En dicha investigación deberán tomarse en cuenta los razonamientos y fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente Recomendación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

     
sombra
 
PIE
 
Twitter Facebook YouTube Instagram

LOGOTIPO CEDHJ

PEDRO MORENO 1616,
COLONIA AMERICANA.
CP 44160.

CONMUTADOR 33 3669 1101,
800 201 8991.

PARA INTERPONER UNA
QUEJA POR TEL. 33 3669 1100,
TEL. 33 3857 7030

website security    
Derechos Reservados
Derechos Reservados ® 2014 Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco - Actualización 02/12/2022 - Avisos de privacidad