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BOLETINES 2015 / Junio
   
 

BOLETÍN 63 /Guadalajara, Jalisco, 18 de junio de 2015

DIRIGE LA CEDHJ RECOMENDACIÓN A LA SECRETARÍA DE SALUD POR MALA PRÁCTICA MÉDICA QUE PROVOCA AMPUTACIÓN DE PIERNA A UNA MUJER

* Las Recomendaciones 21/15 y 20/15 van dirigidas a la Secretaría de Educación por el abuso sexual de una menor y el maltrato a otro

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) dirigió la Recomendación 22/15 a Jaime Agustín González Álvarez, secretario de Salud y director del organismo público descentralizado Servicios de Salud Jalisco, por violación de los derechos humanos a la legalidad y a la protección de la salud por una mala práctica médica que llevó a una mujer a sufrir la amputación de su pierna derecha.
El ombudsman, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, informó que la queja fue presentada por un matrimonio el 20 de agosto de 2014 contra el doctor César Orlando Flores Rodríguez, médico del Hospital Regional de Tepatitlán de Morelos.
“La mujer, quien padece diabetes mellitus, acudió al área de Urgencias del mencionado hospital debido a que presentaba una lesión en el dedo meñique del pie derecho. La mujer informó que cerca de las 24 horas la atendió una doctora, quien le diagnosticó una pequeña infección debido al azúcar, y ordenó que le efectuaran una limpieza. La médica le recetó antibióticos que no pudo surtir en la farmacia del nosocomio”, dijo.
Dado que las molestias continuaron, explicó Álvarez Cibrián, la mujer regresó al hospital donde la mantuvieron diez días sin intervención, hasta que un médico particular advirtió de los riesgos y en una clínica particular le amputó la pierna.
“La CEDHJ recabó testimonios e informes de las personas que intervinieron en la atención de la agraviada. Entre estos destaca un oficio del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, emitido por el perito Canuto García Contreras, relativo al dictamen de negligencia médica o mala praxis, y que concluye en que “sí existe responsabilidad profesional en la modalidad de negligencia por parte del personal médico y de enfermería del Hospital Regional de Tepatitlán.”
La CEDHJ solicitó a la autoridad la reparación del daño a la víctima, que vigile el procedimiento administrativo contra el médico César Orlando Flores Rodríguez, y que capacite al personal respecto a la observación de normas y protocolos para la atención del paciente.
Asimismo, que ordene un análisis integral de las condiciones que actualmente guarda el Hospital Regional de Tepatitlán para garantizar que cuenta con el equipo y personal médico necesario, con el fin de proporcionar una atención de calidad y calidez en todas las áreas.

Secretaría de Educación

Las Recomendaciones 20/15 y 21/15 van dirigidas a Francisco Ayón López, secretario de Educación Jalisco, por violación de los derechos del niño a la integridad y seguridad personal por abuso sexual infantil, y a la legalidad y seguridad jurídica.
La Recomendación 21/15 se deriva de una nota periodística publicada el 9 de julio de 2014, en la que se denunció que una alumna de la primaria de educación especial del Centro de Atención Múltiple Roberto Solís Quiroga, de Puerto Vallarta, sufrió presuntos actos de abuso sexual infantil por parte del profesor Juan Fernando Huerta Partida, quien aprovechó su función como docente para concretar el daño contra quien era su alumna.
“Los hechos fueron descubiertos y denunciados por personal de la propia escuela, luego de haber instalado cámaras de videovigilancia en las que, efectivamente, fue captado el momento en que ocurrieron los hechos”, relató el ómbudsman.
Álvarez Cibrián señaló que para esta Comisión quedó plenamente demostrado que el profesor Huerta Partida incurrió en abuso sexual infantil. “Debe tomarse en consideración que el abuso sexual deriva de conductas de oculta realización, por lo que para la acreditación de este caso resulta suficiente la aceptación expresa del profesor en el expediente penal 114/2014-B, pues se demostró que el docente, aprovechando la vulnerabilidad de su alumna, la violó.”
La CEDHJ recomendó que se realice el pago por la reparación integral del daño conforme a derecho, de forma directa y en la que se incluyan todas las medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantía de no repetición, de conformidad con la Ley General de Víctimas.
Se actualicen, fortalezcan o se generen protocolos de actuación para la atención de casos de violencia sexual en el Centro de Atención Múltiple Roberto Solís Quiroga. Se complete el proceso administrativo de sanción en contra del profesor, y ordene que se agregue copia de la presente resolución a su expediente.
A Raúl Alejandro Velázquez Ruiz, fiscal regional del Estado, gire instrucciones al agente del Ministerio Público adscrito al Juzgado Primero Penal del Vigésimo Séptimo Partido Judicial, para que realice las acciones necesarias para garantizar los derechos de la menor de edad agraviada.
La Recomendación 20/15 va dirigida a Francisco Ayón López, secretario de Educación Jalisco, por violación de los derechos del niño y a la integridad y seguridad personal.
El 30 de julio, el presidente ejecutivo de la Federación de Asociaciones de Padres de Familia del Estado de Jalisco presentó una queja, que fue ratificada el 26 de agosto de 2014 por una madre de familia a favor de su hijo, y en contra de la profesora Zaira Astrid Pimentel Becerra, de la escuela primaria Víctor Gallo Martínez, quien fue maestra del menor de edad en el grupo de 2° A durante el ciclo escolar 2013-2014.
El ómbudsman relató que durante el horario escolar, sin justificación, la docente se ausentó del salón de clases, lo cual propició que el niño fuera víctima de violencia escolar por parte de uno de sus compañeros de grupo que cursaba ese grado a pesar de tener trece años de edad y aprovechó la situación para sujetar al agraviado de los pies, levantarlo y luego dejarlo caer de cabeza contra el piso, ocasionándole una probable fractura de cráneo.
“La profesora no informó inmediatamente a la madre de familia sino hasta días después de que la quejosa llevó a su hijo a revisión médica por constantes dolores de cabeza. Ahí le dijeron que el menor de edad presentaba probable fractura de cráneo y acudió a la escuela para saber lo sucedido”, dijo.
Álvarez Cibrián señaló que la maestra Zaira Astrid Pimentel Becerra, con sus omisiones en la previsión y el incumplimiento de sus obligaciones, propició las señaladas violaciones de los derechos humanos del niño.
El ombudsman recomendó realizar la reparación de manera integral, diferenciada, transformadora y efectiva por el daño o menoscabo que sufrió el niño, además de girar instrucciones para que se inicie, tramite y concluya un procedimiento sancionatorio en contra de la profesora y se agregue dicha resolución a su expediente administrativo. Asimismo, se instruya al personal directivo y docente de la escuela para que eviten realizar juntas de personal durante el horario escolar.

 

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