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BOLETINES 2016 / Junio
   
 

BOLETÍN 60 / Guadalajara, Jalisco, 1 de junio de 2016

CEDHJ EMITE RECOMENDACIONES POR DESAPARICIÓN FORZADA Y EMITE PETICIONES GENERALES SOBRE EL TEMA

Dos más dirigidas a la Fiscalía de Derechos Humanos por tortura

El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, dio a conocer las siguientes Recomendaciones:

PETICIONES GENERALES SOBRE DESAPARICIONES
La CEDHJ propone a Dante Jaime Haro Reyes, fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado, recomendaciones sobre las garantías para la adecuada investigación; los lineamientos para elaborar dictámenes periciales; directrices para la atención de víctimas; actualización de protocolos y reglamentos, y sobre el programa extraordinario para la búsqueda de personas y el combate al delito de desaparición forzada.
A los integrantes de la LXI Legislatura del Congreso del Estado, poner en marcha una reforma legislativa que permita que las víctimas indirectas ejerzan de manera expedita los derechos patrimoniales y familiares del ausente para salvaguardar los intereses esenciales del núcleo familiar.
A los 125 alcaldes de Jalisco les solicita instruir a las áreas de seguridad pública que se coordinen con las autoridades ministeriales para que desde el momento en que se tenga noticia de la desaparición de una persona se notifique. Por último, a los representantes de Jalisco en el Congreso de la Unión se les exhorta a realizar las acciones necesarias a efecto de que a la brevedad se discuta y apruebe la Ley General de Desaparición Forzada.
Todo esto con el fin de mejorar los procedimientos de búsqueda e investigación de casos donde se reportan personas desaparecidas, con mayor coordinación interinstitucional, con mejores herramientas y con mecanismos eficientes para garantizar la atención digna de los familiares y seres queridos.
El 16 de abril de 2013, esta defensoría ya se había pronunciado sobre el tema y tuvo como avance la entrada en vigor del Protocolo de Atención en Casos de Desaparición de Persona, publicado el 20 de junio de 2013; el Protocolo de Investigación y Atención en Casos de Desaparición de Mujeres por Razones de Género, publicado el 5 de octubre de 2013; y el Protocolo Nacional Alerta Amber México, al cual se adhirió la Fiscalía General del Estado el 29 de abril de 2013.

 

21/2016
Al fiscal regional del Estado, Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del Estado, por la violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica por incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia y en la atención a víctimas del delito de desaparición de persona.
En la queja presentada se señala que agentes del Ministerio Público de Cabo Corrientes no actuaron oportunamente en la investigación de la desaparición de un hombre, además de no haberle apoyado a su esposa ni a su familia en su calidad de víctimas. Los quejosos solicitaron constantemente informes de la investigación y que sólo les comentaban del cambio de titulares de la agencia, sin que se le proporcionaran avances concretos.
Se destaca que la esposa, hijos, padres y hermanos de la persona desaparecida tuvieron que cambiar su residencia, ya que el clima de incertidumbre no les permitió continuar con su vida normal; también llama la atención que a la fecha no han recibido las medidas de apoyo en su calidad de víctimas.
La Comisión recomienda iniciar, tramitar y concluir un procedimiento administrativo sancionatorio en contra de los agentes involucrados; se gire instrucciones para que se redobles esfuerzos en la búsqueda y localización de la persona desaparecida, así como la integración de la averiguación previa que garantice a los familiares el acceso a la verdad, informándoles regularmente sobre los avances. Por último, se instruya a la atención médica, psicológica o psiquiátrica a favor de las víctimas derivadas de la desaparición.

20/2016
Esta resolución se dirige al presidente municipal de San Juanito de Escobedo, José Antonio Sánchez González, por la violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica en su modalidad de ejercicio indebido de la función pública, así como peticiones a diversas autoridades para atender, combatir y erradicar el delito de desaparición forzada o involuntaria de personas.
En la queja se señala a cuatro policías como responsables de detener y estar involucrados en la desaparición de una persona. La quejosa relató que el 24 de mayo de 2015, su hermano fue arrestado por estar ingiriendo bebidas alcohólicas en la vía pública en compañía de otra persona, pero sólo se lo llevaron a él, y que desde ese momento ya no supieron nada de su familiar.
No hay duda de que la persona desaparecida fue detenida por policías por una presunta falta administrativa, pero no fue registrado ni ingresado a los separos; desde ese día sus familiares no lo han visto.
Esta Comisión recomienda esclarecer los hechos y que se garantice el acceso a la verdad a los familiares; se repare el daño y se brinde atención médica, psicológica o psiquiátrica que resulte necesaria a los familiares por el tiempo que sea necesario; se realice en procedimiento administrativo sancionatorio contra quien resulte responsable y se agregue copia a sus expedientes administrativos, así como capacitación en materia de derechos humanos al personal de la corporación.
Se le solicita a Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del Estado, que de manera pronta se ejerza la acción penal contra los policías involucrados y de quien resulte responsable por la desaparición, que se redoblen esfuerzos en la búsqueda y localización y que informe regularmente a sus familiares sobre los avances.

19/2016
Por violación de los derechos humanos a la libertad, privacidad, integridad personal (lesiones y tortura) y a la legalidad y seguridad jurídica, esta Recomendación va dirigida a Dante Jaime Haro Reyes, fiscal de Derechos Humanos.
En una primera queja, la víctima relató que, luego de arrestar a su pareja, elementos de la Fuerza Única Metropolitana ingresaron al domicilio de la madre de éste, en Tonalá, en busca de un arma. Arribaron sin orden judicial y golpearon en repetidas ocasiones a una familiar del detenido.
Una segunda queja se presentó después, en la que se denunciaba que su familiar se hallaba en los separos de la Fiscalía Central, donde policías estatales lo habían golpeado y torturado con toques eléctricos en los testículos, dejándole varias laceraciones en su cuerpo y obligándolo a firmar una declaración.
Esta Comisión solicita que Karla Leticia Salcedo Laurián, directora de Visitaduría y Contraloría de la FGE, inicie, integre y resuelva un procedimiento sancionatorio de responsabilidad contra los gendarmes de la Fuerza Única Metropolitana (FUM) y de la Policía Investigadora del Estado (PIE), y se adjunte copia a sus expedientes. Además, inicie, tramite y concluya averiguación previa en su contra por la responsabilidad que les resulte en los delitos de tortura, abuso de autoridad, lesiones, allanamiento de morada y los que se determinen.
Como garantía de no repetición, se pide que se fortalezca la capacitación a los integrantes de la Fiscalía General del Estado (FGE) en el respeto y principios básicos de los derechos humanos de los ciudadanos, limitándose a ejercer su actuar con profesionalismo y apego al principio de la legalidad.

18/2016
Dirigida también al fiscal de Derechos Humanos por violación de los derechos a la privacidad, libertad, integridad personal (lesiones y tortura) y a la legalidad y seguridad jurídica.
La queja señala que elementos de la PIE y de la FUM ingresaron a un domicilio sin orden judicial y con el argumento de que habían reportado que en ese domicilio había armamento. En el inmueble, sometieron a los moradores y los encerraron en una habitación, mientras que a otro de ellos lo llevaron a la sala para interrogarlo mediante golpes y descargas eléctricas en los genitales. Finalmente, los policías se lo llevaron argumentando que portada un arma de fuego.
La CEDHJ recomienda a Karla Leticia Salcedo Laurián, directora de Visitaduría y Contraloría Interna de la FGE, que inicie, integre y resuelva un procedimiento sancionatorio de responsabilidad y se adjunte copia a los expedientes de los policías involucrados. Además, se inicie, tramite y concluya una averiguación previa en contra de los policías por los delitos de tortura, abuso de autoridad, lesiones, robo, allanamiento de morada y los que se determinen por los hechos analizados en la queja materia de la presente Recomendación.
A la fiscalía General del Estado que, como garantía de no repetición, fortalezca la capacitación entre su personal, así como los principios básicos de derechos humanos, limitándose a ejercer su actuar con profesionalismo y apego al principio de legalidad.

17/2016
Recomendación dirigida al fiscal de Derechos Humanos, Dante Jaime Haro Reyes, por violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, por retardar la integración de una averiguación previa iniciada en contra de un chofer del transporte público, quien atropelló a una persona.
El agente del Ministerio Público inició un acta ministerial, en la que otorga al chofer el perdón legal y al agraviado le proporciona un pase para ser atendido en un hospital particular por las lesiones. Sin embargo, dos meses después, el ofendido tuvo que ser operado de urgencia al presentar un coágulo en el cerebro, debido a las lesiones causadas por el accidente. El funcionario público no debió otorgar el perdón porque el agraviado no estaba en condiciones físicas y mentales para aceptarlo.
Esta Comisión recomienda que se inicie, tramite y concluya procedimiento sancionatorio de responsabilidad, con copia a su expediente, en contra de los agentes del Ministerio Público involucrados, valorando las actuaciones, pruebas y demás evidencias que obran en el expediente de queja, y para la aplicación de sanciones tenga en cuenta su jerarquía en la corporación y su instrucción, con respeto a su derecho de audiencia y defensa. Así como una averiguación previa por la responsabilidad penal que les resulte en los delitos de abuso de autoridad y los que se determinen por los hechos.
Se pide que la FGE realice el pago de reparación del daño al quejoso, de conformidad a la Ley General de Víctimas y la Ley de Atención a Víctimas del Estado.

16/2016
Va dirigida a Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del Estado de Jalisco, por la violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica y por incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia, por extraviar en dos ocasiones una averiguación previa relacionada con la compraventa ilícita de una propiedad en Ahualulco de Mercado.
La quejosa relató que, meses después de haber interpuesto la denuncia, el agente del Ministerio Público de ese municipio le informó que aquélla había sido extraviada, por lo que tuvo que presentarla por segunda ocasión. Agregó que el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses practicó una prueba pericial de su firma, y el resultado fue enviado a la oficina del Ministerio Público, donde también lo extraviaron en dos ocasiones.
La CEDHJ recomienda que se realice un procedimiento administrativo en contra los agentes involucrados y se agregue copia a sus expedientes administrativos; procure acciones efectivas para reparar los daños y perjuicios causados; se ofrezca una disculpa a la víctima por la dilación en impartir justicia en la que incurrieron los servidores públicos, y fortalecer las actividades de capacitación y actualización del personal de la Fiscalía sobre el marco jurídico en materia de protección de los derechos humanos.

22/2016
Por la violación de los derechos laborales, a la igualdad y al trato digno, fue dirigida la Recomendación 22/2016 a Arturo Ricardo Gómez Poulat, gerente general de la Orquesta Filarmónica de Jalisco, por incurrir en actos de discriminación basados en la nacionalidad y de índole laboral en contra de integrantes mexicanos de la agrupación musical.
El director artístico de la orquesta, Marco Parisotto, desplazó a músicos de sus asignaciones laborales por cuestiones de edad y apariencia. Algunos integrantes con más de veinte años de servicio fueron finiquitados o se les adelantó su jubilación, para después contratar a 45 personas extranjeras y únicamente tres nacionales.
Esta Comisión recomienda que se realice, a favor de 17 músicos afectados, el pago por la reparación integral del daño; también, que se verifique el estado migratorio de los músicos extranjeros que actualmente laboran y forman parte de la orquesta.
Además, se solicita investigar los hechos para que se inicie y concluya procedimiento administrativo al director involucrado, de quien también se recomienda que se agregue copia a su expediente y se le capacite de forma constante a fin de evitar que vuelva a cometer violaciones de derechos humanos.

 

 

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