BOLETÍN
67 / Guadalajara,
Jalisco, 1 de junio de 2016
Síntesis de la Recomendación 21/16, dirigida al licenciado Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del Estado, por la violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica por incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia y en la atención a víctimas del delito de desaparición de persona. Guadalajara, Jalisco, 1 de junio de 2016.
El 12 de junio de 2015 una mujer presentó queja por comparecencia en contra de agentes del Ministerio Público adscritos al municipio de Cabo Corrientes, a quienes señaló de no haber actuado oportunamente en la investigación de la desaparición de su esposo, además de no haberle apoyado a ella ni a su familia en su calidad de víctimas.
Señaló que no obstante de haber presentado oportunamente la denuncia en mayo de 2013 y de aportar elementos para abrir líneas de investigación relacionadas con la desaparición de su esposo, como el uso de sus tarjetas bancarias y el saqueo de una caja fuerte en uno de sus domicilios, los titulares del Ministerio Público no dieron el seguimiento oportuno.
También se quejó de que constantemente solicitaba informes de la investigación y que sólo le comentaban del cambio de titulares de la agencia, sin que se le proporcionaran avances concretos; que en una ocasión acudieron a identificar algunos cadáveres encontrados en la región, lo cual no fue posible ya que el agente del Ministerio Público fue omiso en gestionar la ficha con el perfil genético que los familiares de manera oportuna habían tramitado.
Del análisis de las pruebas y observaciones que integran el expediente de queja y la respectiva averiguación previa, esta defensoría pública de derechos humanos acreditó un incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia y en la atención a víctimas del delito de desaparición de persona, ya que los agentes del Ministerio Público actuaron con displicencia e incurrieron en dilación y revictimización de los familiares.
Destaca que la esposa, hijos, padres y hermanos de la persona desaparecida tuvieron que cambiar su residencia, ya que el clima de incertidumbre no les permitió continuar con su vida normal; también llama la atención que a la fecha no han recibido las medidas de apoyo en su calidad de víctimas.
Por todo lo anterior esta defensoría realiza las siguientes recomendaciones:
Al licenciado Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del Estado:
Primera. Gire instrucciones a quien cuente con las facultades suficientes para que respetando el debido proceso inicie, tramite y concluya un procedimiento administrativo sancionatorio en contra de los agentes del ministerio público adscritos al municipio de Cabo Corrientes que fueron responsables de integrar la averiguación previa 1977/2013 y en el que tomen en cuenta las consideraciones expuestas en la presente Recomendación.
Segunda. Gire instrucciones para que se redoblen esfuerzos en la búsqueda y localización de la persona desaparecida, y que se realicen las diligencias necesarias para la debida integración de la averiguación previa que permita garantizar a sus familiares el acceso a la verdad, informándoles regularmente sobre los avances.
Tercera. Instruya la atención médica, psicológica o psiquiátrica que resulte necesaria a favor de las víctimas
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL 2
derivadas de la desaparición, para lo cual se deberá entablar comunicación con sus familiares y acordar los mecanismos de atención en su lugar de residencia por el tiempo que resulte necesario y contemplando el pago de medicamentos en caso de requerirse.
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