BOLETÍN
82 / Guadalajara,
Jalisco, 28 de junio de 2017
CEDHJ PIDE RESTITUCIÓN DE TIERRAS, MAYOR SEGURIDAD PARA POBLADORES Y REPARACIÓN DEL DAÑO PARA COMUNIDADES WARITARI
* Ómbudsman presenta dos Recomendación: una por agresión sexual a un menor y otra en agravio a una mujer
El presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, pide a las autoridades estatales y municipales garantizar la seguridad al territorio wixaritari, se haga la restitución de tierras para las comunidades de San Sebastián Teponahuaxtlán y Tuxpan, así como la reparación integral colectiva por el asesinato de los defensores de derechos humanos Miguel y Agustín Vázquez Torres, asesinados el 20 de mayo pasado.
Al presentar la Recomendación 31, la primera en la historia de la defensoría en resolverse en menos de 40 días, el Ómbudsman dijo que se comprobó la violación de los derechos a la legalidad y a la seguridad jurídica por indebido cumplimiento de la función pública en contra de los líderes wixaritari, sus deudos y al pueblo en general.
Explicó que hubo por parte de los policías una indebida actuación u omisión de la función pública en tres momentos: primero, al detener a los involucrados en una riña y su posterior liberación sin activar el proceso de justicia administrativa; segundo, al haber llegado a la localidad y no permanecer ahí, ya que fue justo en ese lapso cuando presuntamente ocurre el doble homicidio; tercero, después del homicidio en dos aspectos específicos: uno, al no hacer frente ante la eventual huida de los agresores; y dos, al no actuar en el marco de sus atribuciones para intervenir como primeros respondientes del delito.
“Esta Comisión estima que la capacidad de fuerza de seguridad pública del municipio de Bolaños es insuficiente para atender las necesidades de su amplio territorio. En este caso, el Gobierno del Estado debe actuar de forma solidaria considerando que ya tenía conocimiento de la situación de inseguridad en la zona, y si bien ya había iniciado acciones para atender esa demanda social, no se alcanzaron a concretar las garantías suficientes para evitar hechos como los aquí documentados”, señaló.
Álvarez Cibrián determinó que se está ante un hecho victimizante, al tratarse de una actuación omisa, imprudente e irregular cometida en agravio no sólo de los deudos de las dos víctimas directas, sino también de todos los habitantes de Tuxpan de Bolaños y en general de las comunidades wixaritari, por lo que se debe hacer una reparación del daño colectiva.
“Esta defensoría estima que debe incluirse una acciones y políticas públicas que reivindiquen de manera integral los derechos de las comunidades wixaritari. El primer punto es atender la seguridad pública. El segundo es garantizar el acceso a la justicia agraria. Para ello, las autoridades de los tres niveles y distintos ámbitos de gobierno deberán ordenar la restitución de casi diez mil hectáreas que se encuentran en posesión de ganaderos y de personas ajenas a la comunidad en el vecino estado de Nayarit y que pertenecen a las comunidades de San Sebastián Teponahuaxtlán y Tuxpan de Bolaños”.
Señaló que las autoridades no pueden exponer como justificación la presencia de supuestos grupos ilegales en la zona, ya que, como se ha mencionado, el deber de garantizar la seguridad pública es una obligación del Estado; más aún, en lugares donde previamente les ha sido señalada la presencia de grupos criminales.
La Recomendación 31 fue dirigida, en primera instancia, al Pleno del Ayuntamiento de Tuxpan de Bolaños y, por estar dentro de sus atribuciones, a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, a la Fiscalía Regional del Estado, a la Secretaría de Desarrollo Social, a Asuntos del Interior de la Secretaría General de Gobierno, al Sistema Jalisciense de Radio y Televisión, al alcalde de Mezquitic, al Congreso del Estado y a los presidentes municipales de Jalisco.
PRESENTA DOS RECOMENDACIONES MÁS
Álvarez Cibrián presentó dos Recomendaciones más. La 29 dirigida a Francisco de Jesús Ayón López, secretario de Educación Jalisco, por la violación de los derechos a la integridad y seguridad personal, y a la libertad sexual, en agravio de un alumno de la escuela Jesús González Gallo, al que sus compañeros agredieron.
La madre del menor presentó la queja el 6 de octubre de 2016 donde relató que la docente María de Jesús Solís Vidal se ausentaba constantemente del salón de clase, lo que ocasionó que el niño fuera víctima de violencia sexual por parte de sus compañeros de grupo. Dijo que en tres ocasiones sus compañeros se acercaron a él, se bajaron el cierre del pantalón y pusieron sus genitales cerca de la boca. Indicó que minutos después llegó la profesora y algunos menores de edad le dijeron lo sucedido, pero ella les ordenó que guardaran silencio y continuaron con la clase normal.
Durante la investigación de campo que realizó personal de esta Comisión en el plantel escolar quedó acreditado que, contrario a lo señalado por la profesora, los alumnos del entonces grupo de 3° B fueron víctimas y observadores de violencia sexual mientras la servidora pública salía del salón, toda vez que los mismos manifestaron que sí obligaban al menor de edad agraviado a llevar a cabo actos sexuales orales. A lo anterior se agrega el hecho de que la docente no les hacía caso o minimizaba el problema cuando le intentaban explicar lo sucedido.
La CEDHJ solicita la reparación integral del daño al menor, se inicie un proceso sancionatorio a la servidora pública, se dé atención psicológica y pedagógica a la víctima y a los alumnos del 4B del plantel, y se brinde pláticas de concientización y sensibilización, sobre violencia escolar, sus efectos y consecuencias; a efecto de diseñar mecanismos para lograr su erradicación.
La 30 que va dirigida a Marisela Gómez Cobos, fiscal central de la Fiscalía General del Estado de Jalisco, por la violación de los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica por incumplimiento de la función pública en la procuración de justicia, la falta de perspectiva de género y el incumplimiento de la obligación de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
El 12 de septiembre de 2016, una mujer presentó queja, ya que aseguró que desde agosto de 2014 acudió a la Fiscalía para presentar una denuncia en contra de su esposo por el delito de violencia intrafamiliar, lo que originó el acta de hechos 8335/2014, y a la fecha no había obtenido respuesta por parte de las autoridades del Ministerio Público.
Esta defensoría, acreditó que las autoridades involucradas, quienes eran los encargados de investigar e integrar el acta de hechos 8335/2014, no cumplieron su deber de procurar justicia pronta, completa, imparcial y expedita, pues incurrieron en omisiones en la práctica de las diligencias necesarias para la óptima integración de la indagatoria materia de estudio.
La Comisión solicita la reparación integral del daño a la víctima, fortalecer la capacitación al personal para garantizar, en cada asunto que les corresponda conocer, las investigaciones que sean necesarias para establecer la verdad de los hechos y atender a las víctimas en un plazo razonable. También se sancione a los servidores públicos involucrados.
Al fiscal de Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado, Dante Jaime Haro Reyes, se le solicita
gire instrucciones para que se inscriba la presente Recomendación en el Registro de funcionarios responsables de violaciones de derechos humanos. Al encargado de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría de la Fiscalía General del Estado, maestro Reymundo Gutiérrez Mejía, investigue los hechos documentados e inicie procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de los agentes Juan Carlos Aguilar Morales y Fabiola Castellanos Pinto, por las violaciones de derechos humanos cometidas en agravio de la víctima.
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