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BOLETINES 2017 /Marzo
   
 

BOLETÍN 25 / Guadalajara, Jalisco, 22 de marzo de 2017

La Secretaría de Salud destituyó a un médico del Hospital Materno Infantil Esperanza López Mateos, en cumplimiento de uno de los puntos de la Recomendación 12/2015 de la CEDHJ

          Luego de un procedimiento administrativo, el secretario de Salud Jalisco y director general del organismo público descentralizado Servicios de Salud Jalisco, Antonio Cruces Mada, determinó destituir a un médico del Hospital Materno Infantil, Esperanza López Mateos, con lo que se da cumplimiento a uno de los puntos de la Recomendación 12/2015, que emitió la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.

          El médico Rafael Aarón Pérez González contravino obligaciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, de la norma oficial mexicana sobre atención de la mujer durante el embarazo, parto, puerperio y del recién nacido, y la del expediente clínico, con lo que se violó el derecho a la protección de la salud en agravio de la inconforme y de su hijo, por imprudencia y negligencia.

          El ginecólogo desestimó los síntomas del alumbramiento de una mujer que se presentó en el sanatorio y quien sería sometida a una cesárea; sin embargo, se le dejó en espera por nueve horas, con lo que el estado de la criatura se agravó por asfixia perinatal con la posibilidad de presentar un daño neurológico, lo cual consta en la queja presentada en marzo de 2014.

          La Secretaría de Salud cumplió ya con el procedimiento administrativo, con mejorar la atención que se otorga a las pacientes del hospital materno infantil y con el fortalecimiento de la supervisión para que el personal de la clínica cumpla eficazmente su función, de acuerdo con la Recomendación de este organismo.

          En la resolución de la dependencia sanitaria se establece que la destitución del médico Rafael Aarón Pérez González es procedente y que se hizo efectiva al momento de ser notificada.

          Otro médico señalado en la queja resultó sin responsabilidad administrativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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