BOLETÍN
58 /Guadalajara,
Jalisco, 22 de mayo de 2015
Síntesis de la Recomendación 19/2015, dirigida al presidente municipal de Tequila, Macario Miramontes Rivera, por violación de los derechos humanos a la legalidad y al patrimonio común de la humanidad. Guadalajara, Jalisco, 22 de mayo de 2015
El 19 de junio de 2014 se presentó una queja por diversas acciones y omisiones del gobierno municipal de Tequila, en la que se señaló, entre otros puntos, que autoridades de dicho lugar han otorgado licencias para el funcionamiento de comercios en la zona del “Portal Viejo”, ubicado en el centro histórico, entre ellos una discoteca y un bar donde se toca música en vivo. Con su operación, estos negocios han ocasionado daños a un inmueble reconocido por la UNESCO como patrimonio de la humanidad y considerado un monumento histórico por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia; además, se permitió la construcción de tejabanes realizados con muros de tablarroca, estructuras de fierro y techo de lámina metálica sin los permisos correspondientes.
En la queja se asienta también que las autoridades municipales han permitido la instalación de comerciantes ambulantes en el centro histórico, lo cual contraviene las reglas de operación del programa de la Secretaría de Turismo denominado Pueblos Mágicos.
Una vez realizada la investigación, esta Comisión encuentra suficientemente sustentado que empleados del ayuntamiento incurrieron en una prestación indebida del servicio público, al ser omisos en la supervisión del cumplimiento de diversas disposiciones contenidas en el artículo 115 de nuestra Carta Magna y en otras que regulan el trabajo de dependencias como las direcciones de Obras Públicas, de Planeación Urbana y de Servicios Municipales.
Quedó acreditado que en varios giros comerciales de la zona de Los Portales, en el centro histórico de Tequila, se realizan actividades sin los permisos correspondientes y afectan no sólo la tranquilidad de los vecinos, sino que ponen en riesgo las estructuras físicas de inmuebles antiguos y con reconocido valor histórico. Incluso el propio Ayuntamiento de Tequila ya se había pronunciado desde el 17 de febrero de 2012, respecto a la prohibición de este tipo de actividades en los giros comerciales de Los Portales, debido a la fragilidad estructural de éstos y porque en años anteriores habían tenido derrumbes; también se planteó la revocación de licencia en caso de incurrir en violaciones de estas medidas.
No obstante lo anterior, el jefe de Padrón y Licencias fue omiso para supervisar la debida operación de los negocios comerciales en los términos de la legislación vigente y las condiciones impuestas por el ayuntamiento.
De igual forma, quedó acreditado que en la finca 51 de la calle Juárez, ubicada en Los Portales, se ha realizado una edificación en la azotea, en la que se omitieron los trámites necesarios para ello. Este hecho redunda no sólo en la violación de los derechos humanos de los vecinos del lugar, sino de la colectividad en general por estar, como ya se mencionó, reconocida por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad y como un monumento histórico por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia. De este señalamiento se cuenta con la confesión expresa del director de Obras Públicas, quien reconoció que los trabajos se realizaban sin haber cumplido con las normas municipales. Llama la atención que a pesar de que esta edificación irregular se encuentra en la misma manzana en la cual se ubica el Palacio Municipal de Tequila, se haya actuado hasta que la delegada del Centro INAH Jalisco solicitó la suspensión de la obra.
Asimismo, se concluye que la autoridad municipal ha consentido la actividad comercial mediante la instalación de puestos móviles, con lo que han sido ignoradas las reglas de operación del programa de Pueblos Mágicos, que además de generar importantes beneficios culturales, aporta fondos para el mejoramiento del propio municipio.
Es importante señalar que el derecho al patrimonio común de la humanidad es un derecho colectivo que implica que todas las personas puedan acceder a él y se preserven en su favor los productos culturales que posean un valor excepcional. En tal sentido, nuestro país ha suscrito importantes acuerdos internacionales como el Convenio Sobre la Protección de las Instituciones Artísticas y Científicas y de los Monumentos Históricos.
Por lo anterior, quedó plenamente acreditado que el director de Obras Públicas y el jefe de Padrón y Licencias de Tequila, incurrieron en omisiones que se tradujeron en violación de los derechos humanos a la legalidad y al patrimonio común de la humanidad, por lo que esta Comisión dicta las siguientes:
Recomendaciones:
A Macario Miramontes Rivera, presidente municipal interino de Tequila:
Primera. Instruya de inmediato que se realice un peritaje de las condiciones que presentan los inmuebles que integran Los Portales de la cabecera municipal de Tequila, mediante el cual se valore su situación actual, el grado de afectación por la operación de los giros comerciales y, de su resultado, se tomen las medidas administrativas y legales para reparar los daños causados y garantizar que cesen las actividades que generan el deterioro.
Segunda. Ordene la elaboración de un inventario de los giros comerciales que operan en Los Portales, se verifique la integración de sus expedientes administrativos para validar el cumplimiento de los requisitos señalados en la normativa vigente y se proceda conforme a derecho a ejercer las acciones para revocar las licencias municipales que den lugar a ello.
Tercera. Se elabore un programa de reordenamiento del comercio semifijo o ambulante en las zonas de alta concentración de visitantes o en sitios de interés turístico y su área de influencia, y se someta a la aprobación del ayuntamiento, en términos que armonicen con el programa gubernamental Pueblos Mágicos.
Cuarta. Inicie las acciones administrativas y legales para que el propietario de la finca afecta a la presente Recomendación, proceda al retiro inmediato de la construcción que ordenó suspender el Ayuntamiento de Tequila, consistente en adecuación de la azotea.
Quinta. Instruya a quien corresponda que inicie, tramite y concluya procedimiento administrativo en contra del jefe de Padrón y Licencias y del director de Obras Públicas, en el que se tomen en cuenta las consideraciones y fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente Recomendación.
La siguiente autoridad no está involucrada como responsable en la presente queja, pero por estar dentro de sus atribuciones y competencia la posibilidad de ejecutar actos que ayuden a corregir las causas de las violaciones de derechos humanos de los que se da cuenta, con fundamento en los artículos 70 y 71 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, se le solicita su colaboración en lo siguiente:
A la doctora Martha Lorenza López Mestas Camberos, delegada en Jalisco del Centro del Instituto Nacional de Antropología e Historia:
Practique una visita de inspección al centro histórico de Tequila, concretamente al área conocida como Portal Viejo, y verifique el estado de las fincas involucradas, emita un informe respecto a las afectaciones que hubiese sufrido y proceda a ejercer las acciones legales correspondientes.
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