BOLETÍN
57 / Guadalajara,
Jalisco, 27 de mayo de 2016
LA CEDHJ Y CONSEJO DE LA JUDICATURA REALIZAN JORNADAS DE CAPACITACIÓN
* Se efectúan como cumplimiento de la Recomendación 40, en materia de reconocimiento, respeto y protección de los derechos de la población indígena
La Tercera Visitaduría de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ), en coordinación con el Consejo de la Judicatura del Estado, realizó las Jornadas de Trabajo para el Cumplimiento de la Recomendación 40/2015 en Materia de Reconocimiento, Respeto y Protección de los Derechos de la Población Indígena.
En esta instrucción participaron jueces, secretarios y actuarios de juzgados civiles y penales, así como agentes del Ministerio Público, abogados litigantes y de la Procuraduría Social. También asistió personal de los cuerpos policiales, servidores públicos de los municipios de la región Costa Norte del estado, integrantes de pueblos indígenas con presencia en Puerto Vallarta y maestros y estudiantes de la Universidad de Guadalajara.
Alfonso Hernández Barrón, tercer visitador de la CEDHJ, encabezó el 23 de mayo otra parte de las jornadas, en las que estuvieron presentes los presidentes municipales de Mezquitic, Bolaños, Huejuquilla, Huejúcar, Santa María de los Ángeles, San Martín de Bolaños, Villa Guerrero, Totatiche y Colotlán. Esta reunión de trabajo se realizó también con autoridades municipales de la zona sur-sureste del estado.
La Recomendación 40 está dirigida a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, Fiscalía del Estado, Consejo de la Judicatura del Estado, a la LXI Legislatura del Congreso del Estado y a las autoridades tradicionales del pueblo wixárika para garantizar el derecho de acceso a la justicia a quienes integran pueblos originarios y comunidades indígenas.
La CEDHJ recibió en diciembre de 2014 la queja de una mujer perteneciente a la comunidad wixárika de San Andrés Cohamiata, en Mezquitic, Jalisco. Ella manifestó que en los juzgados y en las agencias del Ministerio Público se violaban los derechos de personas indígenas, tanto imputados como víctimas y testigos, al no ser asistidos por un perito traductor, y que no entendían los términos legales ni podían ejercer sus derechos al debido proceso por no comprender en su totalidad el castellano.
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