BOLETÍN
53 / Guadalajara,
Jalisco, 3 de mayo de 2017
Diagnóstico e informe especial sobre menores de edad bajo medidas cautelares y de sanción privativas de la libertad.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos, por conducto del área penitenciaria de la Cuarta Visitaduría General, realiza anualmente la supervisión a los espacios destinados para privación de la libertad de menores de edad bajo medidas cautelares y de sanción.
Con el propósito de velar por el interés superior de la infancia, la CEDHJ integró un comité de trabajo que en 2016 realizó dicha supervisión en los centros especializados con sede en los municipios de Puerto Vallarta, Ocotlán, Lagos de Moreno y Ciudad Guzmán, así como del Centro de Atención Integral Juvenil del Estado y del Centro de Observación, Clasificación y Diagnóstico del Estado.
El objetivo fue conocer, mediante la observación directa de los visitadores adjuntos de esta Comisión y la opinión de los internos, la situación que guardan las instalaciones, su funcionamiento y el respeto de los derechos humanos. Los aspectos evaluados fueron: estancia digna y segura en prisión, desarrollo de actividades educativas y productivas, vinculación social del interno, mantenimiento del orden y la aplicación de medidas disciplinarias y grupos especiales dentro de instituciones penitenciarias.
Personal de esta Comisión registró lo siguiente:
Espacio destinado en el municipio de Puerto Vallarta para la custodia de adolescentes bajo medidas cautelares y de sanción privativas de la libertad
Al 20 de mayo de 2016 las celdas aún no estaban en funcionamiento, sino en proceso de construcción, como lo pudo constatar personal de esta Comisión. Además se informó que faltaba la instalación del circuito cerrado y del aire acondicionado, y que se desconocía cuál o cuáles celdas se iban a destinar para la custodia de los menores de edad. Acotaron que no han tenido adolescentes detenidos, pero que en caso de tenerlos, los ubicarían en las oficinas administrativas, bajo ciertas medidas de seguridad.
Ocotlán
El espacio consta de dos pequeños cuartos, uno destinado como oficina de la trabajadora social y el otro, un espacio de 4x3 metros con plancha de concreto pero sin colchoneta, con poca ventilación; no cuenta con sanitario ni regadera, y tampoco hay sistema de vigilancia por circuito cerrado.
Se informó que mensualmente ingresan cerca de sesenta jóvenes, aunque la gran mayoría se trata de faltas administrativas, por lo que sólo permanecen ahí unas horas. Cuando se les atribuyen conductas tipificadas como delito, en cuyo caso son puestos a disposición del Ministerio Público y del juez, permanecen ahí un máximo de cinco días. Si la autoridad judicial ordena su internamiento, se les remite al Centro de Observación, Clasificación y Diagnóstico del Estado, localizado en la ciudad de Guadalajara.
Se les proporciona un alimento al día, ya que normalmente la familia les lleva de comer.
Lagos de Moreno
En dichas instalaciones no tenían celdas para menores de edad, pues refieren que son muy pocos los que les ponen a su disposición, en promedio una persona menor de edad cada tres meses.
Se informó que son retenidos en una oficina, ya que de inmediato se ponen a disposición del juez especializado, por lo que son llevados a las instalaciones del Centro Integral de Justicia Regional de esa población. Se mencionó que está en proceso de adecuación un cuarto para internar a las y los menores de edad, pero que aún no estaba concluido y lo utilizaban como bodega. El personal de esta Comisión solicitó autorización para ver esas instalaciones, pero no se le permitió el acceso.
Ciudad Guzmán
Autoridades de este centro informaron que desde la entrada del nuevo sistema penal no habían tenido a muchos menores de edad a disposición del Ministerio Público; sin embargo, en caso de recibirlos sí existe un área de celdas donde permanecen en lo que se resuelve su situación jurídica. Dicho espacio tiene capacidad para ocho personas, con ventilación regular, sanitarios deficientes, lavabos, luz artificial y no cuentan con regaderas.
Centro de Atención Integral Juvenil del Estado
En este Centro carecen de vigilancia de circuito cerrado en el área de Módulos. Cuenta con distintos módulos clasificados para adolescentes de 15 a 17 años, jóvenes mayores de 18 años, conductas especiales y área de sanciones disciplinarias.
Los internos refirieron en general que sí conocen el reglamento interior del centro y que sí les reconocen su derecho de audiencia y defensa, y les notifican por escrito la duración de castigos impuesto por el Consejo Técnico Interdisciplinario. Del trato que reciben de los custodios y preceptores, la mayoría de los entrevistados señalaron que en general era bueno, excepto en el módulo 4, pero no lo externaban por temor a represalias.
También relataron que hay carencia de colchones de esponja. Respecto a la limpieza, manifestaron que las autoridades del Centro les dan jabón para limpiar los baños y dormitorios, pero que en ocasiones son insuficientes y en algunos módulos señalaron que sí hay fauna nociva, como ratas, cucarachas y zancudos.
Los internos tienen derecho a una llamada telefónica una vez a la semana, por tres minutos. Los alimentos que reciben son tres al día, pero en ocasiones es insuficiente y poco variado. También cuentan con actividades laborales, culturales y deportivas, así como atención médica.
Referente a las revisiones de sus módulos, los internos dijeron que son aproximadamente cada mes, en los módulos 2, 5 y 6; manifestaron que en algunas ocasiones las autoridades los han obligado a que se bajen los pantalones y la ropa interior, para después ordenarles que hagan una sentadilla.
Personal de la Cuarta Visitaduría logró constatar que las ventanas carecen de vidrio o micas para evitar el frío y las condiciones ambientales, y en su lugar sólo existen rejas que evitan que los adolescentes se salgan, y sobre estas, tienen malla mosquitera. El drenaje funciona con deficiencias, sanitarios en pésimas condiciones y en algunos la luz eléctrica es deficiente.
Centro de Observación, Clasificación y Diagnóstico del Estado
En este Centro no cuentan con vigilancia de circuito cerrado en el área de Módulos. Los módulos son 9, con distintas divisiones para adolescentes de 14 a 16 años de edad, jóvenes de 18 a 22 años, área de sanciones disciplinarias, mujeres y personas homosexuales o con problemas psiquiátricos.
Los internos refirieron en general que sí conocen el reglamento interior del centro y que sí les reconocen su derecho de audiencia y defensa, y les notifican por escrito la duración de castigos impuesto por el Consejo Técnico Interdisciplinario. Del trato que reciben de los custodios y preceptores, la mayoría de los entrevistados señaló que en general era bueno.
Manifestaron que existe carencia de colchones de esponja, y de los que hay, algunos están en mal estado. En algunos módulos señalaron que sí hay fauna nociva, como hormigas, arlomos y ocasionalmente cucarachas. Tienen derecho a una llamada telefónica una vez a la semana por tres minutos y reciben tres alimentos al día, que generalmente son suficientes en cantidad, pero de regular calidad.
Los internos cuentan con actividades laborales, culturales y deportivas, así como atención médica.
Personal de este organismo defensor de derechos humanos pudo observar módulos que carecen de instalación eléctrica, con ventanas que carecen de vidrios o micas para evitar el frío y las condiciones ambientales, y donde los adolescentes no cuentan con un lugar adecuado para el resguardo de sus pertenencias. En algunos el drenaje funciona con deficiencias y hay baños en regulares condiciones, cuya higiene es deficiente, además de que presentaban malos olores.
A partir del análisis de lo expuesto, es evidente que los espacios destinados para la custodia de los adolescentes que se encuentran a disposición del Ministerio Público y de la autoridad jurisdiccional, localizados en la zona metropolitana de Guadalajara, así como en los municipios de Puerto Vallarta, Lagos de Moreno, Ocotlán y Ciudad Guzmán, no reúnen los mínimos requisitos para una estancia digna y segura, mucho menos para lograr una eficaz reintegración social de dichos menores de edad, por lo que no se les garantiza el goce de los derechos reconocidos, entre ellos a instalaciones dotadas de áreas para la educación, trabajo social, médica, psicológica, psiquiátrica, criminológica y jurídica.
Con las omisiones que han quedado precisadas, este organismo estima que dichas autoridades no han cumplido cabalmente con las disposiciones legales e instrumentos internacionales considerados en el presente diagnóstico e informe especial, por lo que dicta las siguientes
PROPOSICIONES:
Al Maestro Carlos Antonio Zamudio Grave
Fiscal de Reinserción Social
Primera. Se considere como prioritaria la construcción equipamiento y operación de centros de observación, clasificación y diagnóstico, así como centros de atención integral juvenil en los municipios de Puerto Vallarta, Ocotlán, Lagos de Moreno y Ciudad Guzmán, con la finalidad de que en esos lugares se aplique de manera adecuada el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes. Tales centros deberán al menos contar con lo siguiente:
1. Espacios físicos adecuados para hacer posible el desarrollo de los programas educativos, deportivos, de salud, de capacitación para el trabajo y de visitas familiares entre otros.
2. Áreas de dormitorio, comedores y sanitarios suficientes, limpios y bien equipados.
3. De igual modo, deben contar con un lugar privado y seguro para resguardar su ropa, artículos de higiene y posesiones personales.
4. Los espacios físicos deben asegurar su seguridad personal y su intimidad asegurada y respetada en toda circunstancia.
5. Las áreas deben contar con espacios para poder separar debidamente a los hombres de las mujeres, a los más chicos de los más grandes así como otras clasificaciones que se consideren necesarias dadas las características específicas de la población de acuerdo a las recomendaciones hechas a México por los órganos internacionales.
Segundo. En tanto se crean y entran en funcionamiento los centros de observación, clasificación y diagnóstico, y de atención integral juvenil, personal la Fiscalía de Reinserción Social preste apoyo a los presidentes municipales de Puerto Vallarta, Ocotlán, Lagos de Moreno y Ciudad Guzmán para emprender las acciones pertinentes encaminadas a garantizar el irrestricto respeto de los derechos humanos de las y los menores de edad privados de su libertad.
Tercera. En tanto se ponen en operación los centros de observación, clasificación y diagnóstico, y de atención integral juvenil, se acondicionen los espacios existentes para la custodia de las y los menores de edad, para que se garantice el respeto de sus derechos humanos, entre ellos una estancia digna y segura.
Cuarta. Se capacite a los servidores públicos a los que se asigne la custodia y atención de las y los menores de edad, en aras de especializarlos para brindar un tratamiento integral.
Quinta. Se acondicionen y se hagan mejoras materiales en el Centro de Observación, Clasificación y Diagnóstico del Estado y en el Centro de Atención Integral Juvenil del Estado, para que se garantice el respeto de sus derechos humanos, entre ellos una estancia digna y segura de las y los menores de edad. Para ello, principalmente se debe de hacer mejoras en las áreas de baño, reparar sanitarios, regaderas y lavamanos; reparar las instalaciones eléctricas, ya que no deben de existir cables expuestos que pongan en riesgo la integridad de las y los menores de edad; se deben de poner micas en todas las ventanas de los módulos, especialmente en los dormitorios, a fin de que no sufran del clima.
Sexta. Con el apoyo de profesionales en nutrición, manejo, preparación y conservación de alimentos evaluar constantemente la cantidad y calidad de los alimentos que se proporcionan a las y los menores de edad que se encuentran privados de su libertad, para que se garantice que esos sean suficientes y de calidad.
Séptima. Iniciar un programa de evaluación del desempeño de los preceptores a efecto de identificar probables actos lesivos de derechos humanos y en su caso determinar las medidas administrativas, disciplinarias y de capacitación que deban serles aplicadas; rectifiquen procedimientos operativos y garanticen un trato digno a las y los menores de edad.
Octava. Se haga un análisis integral sobre el número de menores de edad que se encuentran retenidos a disposición de los agentes del Ministerio Público y juzgados especializados en justicia integral para adolescentes y el número del personal técnico, vigilancia y custodia en todos los centros en los cuales estén cumpliendo una medida cautelar o de sanción privativa de la libertad que implique su internamiento. Una vez que se cuente con el resultado del citado análisis, se gestione lo pertinente para cubrir satisfactoriamente las necesidades en dichos lugares.
Novena. Abandonar la práctica estigmatizante de conminar en el mismo espacio físico a personas con orientación e identidad de género distinta a la heterosexual y personas con trastornos mentales, ya que tal medida de protección no resulta efectiva y es contraria al Plan de Acción sobre Salud Mental 2013-2020 de la Organización Mundial de la Salud.
Décima. Hacer una revisión de los programas que actualmente se imparten, para determinar si los mismos son adecuados y suficientes para cumplir con el objetivo de propiciar el desarrollo pleno de las y los menores de edad, de sus capacidades y habilidades. Esta Comisión Estatal de Derechos Humanos considera que todos los programas deben orientarse hacia la formación de sujetos autónomos, responsables y respetuosos de las leyes y de esta manera alcanzar su reinserción a la sociedad y a su familia y el desarrollo de su persona y sus capacidades.
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