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BOLETINES 2017 / Noviembre
   
 

BOLETÍN 140 / Guadalajara, Jalisco, 21 de noviembre de 2017

Analiza CEDHJ si obra en Av. Ángel Leaño se apega a la normativa ambiental y derechos humanos

Con motivo de la inauguración de la ampliación de la avenida prolongación Ángel Leaño, las autoridades del municipio de Zapopan, han reiterado que una de las motivaciones que orilló al Ayuntamiento a realizar dicha obra son las recomendaciones emitidas por esta defensoría del pueblo, argumento que no puede ser consentido liso y llanamente. 

Esta Comisión debe precisar que en las recomendaciones 28/2010 y 5/2014, la CEDHJ, se planteó al ayuntamiento de Zapopan la urgente necesidad de realizar una serie de acciones tendentes a lograr una efectiva protección del Bosque del Nixticui, San Esteban y el Diente (Bensedi), particularmente las relativas a los componentes de conservación, de investigación y monitoreo, de aprovechamiento de recursos y uso público, de educación ambiental y difusión, así como de administración, establecidas en el decreto número 22170/LVIII/08, que lo declara como área natural protegida. 

Asimismo, en ambas recomendaciones se pidió analizar la viabilidad, en coparticipación con los vecinos del lugar, de continuar con el proyecto de obra para la ampliación de la avenida Ángel Leaño, atendiendo las disposiciones que establece la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. En este sentido, si bien este organismo recomendó la posibilidad de ampliar la citada avenida, no fue de manera lisa y llana, sino se resaltó, que se hiciera con la participación de vecinos, respetando los principios ambientales y cumpliendo con los estudios de impacto ambiental respectivos. En las mismas resoluciones se recomendó evitar la autorización de cualquier obra pública o privada que pudiera afectar el área natural protegida del Bensedi y que contraviniera lo dispuesto en el decreto que lo protege.

Cabe señalar que cuando inició la ampliación de la multicitada avenida, esta defensoría recibió la queja 2745/2017 y otras, en las que un grupo de vecinos del bosque expresaron su preocupación por la afectación que ésta podría causar al área natural protegida del Bensedi, pues dijeron no se estaba cumpliendo con la normatividad ambiental y de desarrollo urbano.

En tal virtud, este organismo de ninguna manera puede consentir que la multicitada obra se realizó en cumplimiento de las recomendaciones de mérito, hasta en tanto no concluya la investigación de la queja, en la que se analizará sí la misma se apegó a los principios y normas ambientales, y se respetó el decreto que declaró la protección del bosque, a lo que está obligado el Ayuntamiento de Zapopan.

 

 

 

 

 

     
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