CABEZA
 
PAGINA DE INICIO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS JALISCO  
BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS
twitter de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco Enlace a youtube de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco instagram de la Comision Estatal de Derechos Humanos Jalisco
   
Menu Boletines
 
BOLETINES 2015 / Octubre
   
 

BOLETÍN 106 / Guadalajara, Jalisco, 28 de octubre de 2015

Síntesis de la Recomendación 33/2015, dirigida al licenciado Francisco Alejandro Solorio Aréchiga, comisionado general de Seguridad Pública del Estado, por violación de los derechos a la privacidad, libertad personal, integridad y seguridad personal (lesiones y tortura), trato digno, legalidad y seguridad jurídica. Guadalajara, Jalisco, 28 de octubre de 2015.

El 1 de noviembre de 2014, esta Comisión recibió la queja de dos hermanas en contra de elementos de la Fuerza Única Metropolitana, dependiente de la Fiscalía General del Estado, y de agentes de la Policía Investigadora del Estado, dependientes del Comisionado de Seguridad Pública.

Las quejosas afirmaron que el 28 de octubre de 2014 se encontraban en el domicilio de una de ellas, acompañadas de familiares, cuando sin orden legal alguna elementos de la Fuerza Única Metropolitana lograron abrir la puerta y se introdujeron, quienes cortaron cartucho a sus armas de cargo y les apuntaron con ellas, golpearon a dos menores de edad y encerraron en distintos cuartos a los presentes. A una de las afectadas la golpearon, manosearon y esposaron, mientras que a su hermana la golpearon con un arma y le dieron puntapiés, la torturaron poniéndole una bolsa en la cabeza y con toques eléctricos en los senos, partes íntimas, glúteos y antebrazos mientras insistían dijera que ella era “Janet” y que su detención se dio en la calle, pero al contestarles que no era la persona buscada seguían golpeándola. Al mismo tiempo, otros policías catearon la casa y tomaron pertenencias como su vehículo, aparatos electrónicos y dinero en efectivo, entre otras cosas.

Posteriormente la hermana fue llevada a un lugar desconocido, donde al llegar le levantaron la ropa, la mojaron y le dieron toques eléctricos en senos, antebrazos y partes íntimas, además de ponerle una bolsa en la cabeza; después la llevaron a las oficinas de la Comisaría de Seguridad Pública del Estado; lugar en el que la revisó un médico, para posteriormente trasladarla a la Fiscalía Central del Estado, durante el traslado, la manosearon y realizaron propuestas indecorosas. Al llegar a la Fiscalía, continuaron torturándola hasta que la obligaron a admitir la propiedad de un arma y drogas para que la dejaran de golpear. Tras su detención se le instruyó la averiguación previa 4182/2014 que fue turnada a juez local por supuestos delitos del fuero común, y simultáneamente al ministerio público federal quien la consignó a juez de distrito por delitos federales, y ambos juzgadores la dejaron en libertad dentro del término constitucional por falta de elementos para procesar, resaltando las violaciones a sus derechos fundamentales de que fue objeto.

Esta Comisión requirió su informe de ley a quienes intervinieron en los actos reclamados; dos de los servidores públicos de la Policía Investigadora del Estado ya no pertenecían a la institución y sólo uno de ellos declaró no recordar el suceso con precisión debido a su carga laboral. En tanto los elementos de la Fuerza Única Metropolitana negaron tajantemente las acusaciones realizadas en su contra, ya que, según manifestaron, en todo momento se condujeron con respeto en el servicio que derivó en una detención en la vía pública en flagrancia, diciendo que hizo disparos de arma de fuego.

Para esta Comisión queda plenamente demostrado la violación a los derechos humanos de las quejosas, con las declaraciones testimoniales, la inspección ocular ministerial, el dictamen de integridad física y farmacodependencia del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, los partes médicos elaborados por personal de la Procuraduría General de la República y por el área Médica y de Dictaminación de esta Comisión, describiéndose 25 lesiones, así como la fe judicial de las misma por parte del Juzgado Primero de lo Criminal y del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales, y el dictamen de absorción atómica practicado en ambas manos de la agraviada con resultado negativo a disparos de arma de fuego,  los cuales evidenciaron en forma clara que los servidores públicos dependientes de la Comisaria de Seguridad Pública del Estado Bertha Liliana Lozano Hernández, José de Jesús Rodríguez Alemán y José Antonio Barba Neri, y los exelementos de la Policía Investigadora del Estado, Mario Alberto Galeana Solís y Mauricio Santos Borrayo violaron con su actuar los derechos humanos a la privacidad, libertad, integridad y seguridad personal (tortura y lesiones), trato digno, legalidad y seguridad jurídica, además de la retención prolongada por más de cinco horas, transcurridas a partir del momento de la detención y hasta que fueron puestas a disposición ante la autoridad ministerial. Por ello, esta institución emite las siguientes recomendaciones:

Al licenciado Francisco Alejandro Solorio Aréchiga, comisionado de  Seguridad Pública del Estado:

Primera. Inicie, tramite y concluya procedimiento sancionatorio en contra de losmencionados elementos de la Fuerza Única Metropolitana,en el que se atiendan las razones y fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente Recomendación, valorando las actuaciones, pruebas y demás evidencias que obran en el expediente de queja, y tenga en cuenta, para la aplicación de sanciones, su jerarquía en la corporación y su instrucción, respetando el derecho de audiencia y defensa de los servidores públicos involucrados.

Segunda. Se agregue copia de esta resolución en los expedientes personales de los Policías y expolicías Involucrados, para que quede el antecedente de la violación a los derechos humanos en que incurrieron en el ejercicio de sus funciones y sea valorada en caso de que estos pretendan incorporarse a prestar sus servicios en seguridad pública.

Tercera. Se proceda a la reparación integral del daño a las afectadas, conforme a la Ley General de Víctimas, en especial mediante atención y tratamiento médico y psicológico hasta su total rehabilitación.

Cuarta. Como garantía de no repetición se capacite en la materia de derechos humanos a los servidores públicos involucrados para que no vuelvan a incurrir en violaciones de derechos de las personas a las que tienen obligación de atender.

Aunque no es autoridad involucrada en los hechos violatorios de derechos humanos documentados en esta Recomendación, pero sí tiene entre sus atribuciones actuar para evitarlas y, en su caso, perseguirlas penalmente, se le solicita:

Al maestro Rafael Castellanos, fiscal central del Estado:

Inicie, tramite y concluya una averiguación previa en contra de los mencionados policías de la Fuerza Única Metropolitana y de los exelementos de la Policía Investigadora del Estado, por su probable responsabilidad penal en los delitos de abuso de autoridad, tortura, lesiones, allanamiento de morada y los que resulten por los hechos analizados en esta queja.

ºº0ºº

 

 

 

 

 

 

 

     
sombra
 
PIE
 
Twitter Facebook YouTube Instagram

LOGOTIPO CEDHJ

PEDRO MORENO 1616,
COLONIA AMERICANA.
CP 44160.

CONMUTADOR 33 3669 1101,
800 201 8991.

PARA INTERPONER UNA
QUEJA POR TEL. 33 3669 1100,
TEL. 33 3857 7030

website security    
Derechos Reservados
Derechos Reservados ® 2014 Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco - Actualización 02/12/2022 - Avisos de privacidad