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BOLETINES 2015 / Octubre
   
 

BOLETÍN 110 / Guadalajara, Jalisco, 28 de octubre de 2015

El ómbudsman dirige medida cautelar al presidente municipal de Tlajomulco de Zúñiga, Alberto Uribe Camacho, por probable daño ambiental al predio Bosque Alto, en el área de transición de La Primavera

La CEDHJ emitió una medida cautelar para evitar probables violaciones de derechos ambientales ante el daño ecológico que se pudiera generar en las obras de urbanización del predio conocido como Bosque Alto, según queja presentada en este organismo por más de mil 500 personas hasta la tarde de este miércoles.

Los quejosos informaron que con la apertura de un fraccionamiento hay una afectación en el área de transición del bosque La Primavera, en un polígono de más de 60 hectáreas que cuenta con 14 mil 872 árboles, los cuales podrían resultar perjudicados y acarrear graves e irreversibles deslaves de la capa vegetal, erosión, el abatimiento de los niveles freáticos y contaminación asociada.

El presidente de la CEDHJ, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, instruyó al director de Quejas, Orientación y Seguimiento para que, sin prejuzgar si este tiene o no responsabilidad, se dicte la medida cautelar al gobierno municipal de Tlajomulco de Zúñiga y así evitar la consumación irreparable de derechos ambientales, de protección a la salud y el paisaje urbano.

Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente, así como la Ley de la CEDHJ, se le solicitó al presidente municipal de Tlajomulco, Alberto Uribe Camacho, como medida precautoria, que dicte las instrucciones pertinentes para evitar la deforestación de cualquier especie, sin antes haber realizado los estudios de impacto ambiental y otros requisitos, donde se demuestre la viabilidad de la desaparición de áreas verdes que se encuentran en esa zona.

A la autoridad municipal se le advirtió que cuenta con 24 horas a partir de la notificación de la medida cautelar para dar una respuesta al organismo, en el entendido que las quejas le serán notificadas oportunamente por la Segunda Visitaduría General.

 

 

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