BOLETÍN
118 / Guadalajara,
Jalisco, 1 de septiembre de 2017
EL AYUNTAMIENTO DE EL SALTO REPARA EL DAÑO POR EL FALLECIMIENTO DE UNA PERSONA QUE NO RECIBIÓ ATENCIÓN OPORTUNA EN UNIDAD MÉDICA
La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) resolvió la Recomendación 29/16, dirigida al Ayuntamiento de El Salto por la violación del derecho a la protección de la salud, por el fallecimiento de una persona, a quien no se le atendió debidamente en la unidad médica Majadas, del municipio.
La pareja y madre de la víctima recibieron de manos del director jurídico de El Salto, Iván Meza Saravia; y como testigos Eduardo Sosa Márquez, primer visitador general de la CEDHJ, y Fernando Zambrano, coordinador general de Seguimiento de la defensoría, la compensación económica, con lo que se cumplen todos los puntos recomendatorios.
El primer visitador general dijo a las víctimas indirectas que lamenta mucho que su familiar no haya recibido una atención adecuada por parte de las autoridades y haya dejado en la orfandad a dos menores.
“Celebro que la Comisión Estatal de Derechos Humanos haya sido el vínculo para que los deberes de observancia de la norma jurídica se estén cumpliendo, y celebro que ustedes hayan tenido confianza en esta institución y nos hayan dado la oportunidad de servirles”.
El representante municipal dijo que, aunque con este recurso no restituirá la vida de la víctima, sí es una muestra de que el ayuntamiento se compromete a promover y respetar la dignidad de las personas.
“Aunque los hechos hayan ocurrido en otra administración, no es justificación, pero ha habido mejorías y velaremos por el respeto a los derechos humanos”, expresó.
El coordinador de Seguimiento informó que con este pago se cumplen todos los puntos recomendatorios, que fueron agregar copia de la resolución a los expedientes personales de los médicos involucrados; capacitación y actualización del personal médico de los servicios médicos municipales.
Además, se cumplió con la instrucción para que personal observe la NOM 004-SSA3-2012, y que a todo paciente que se presente a recibir atención en las unidades médicas se le registre con sus datos personales. El municipio de El Salto brindará atención psicológica a la pareja de la víctima.
Recomendación 29/16
El 9 de septiembre, una mujer presentó ante este organismo una queja a su favor y de su finado hijo, en contra de personal de la unidad médica de urgencias Las Majadas, de los Servicios Médicos Municipales de El Salto, por la muerte de su familiar.
Refirió que el 3 de agosto de 2015, durante la madrugada, recibió una llamada de su hijo, quien le comentó que acababan de lesionarlo en el abdomen y que estaba a dos cuadras de su casa, por lo que fue a buscarlo en su vehículo. Explicó que lo encontró parado, tapando con sus manos su costado derecho. La agraviada manifestó que dieron una vuelta a la manzana para ver si localizaban al agresor, pero al no ver a nadie, lo trasladó al puesto de socorros de la Cruz Verde Majadas.
En el centro de salud le dijeron que tenía que pagar dos placas radiográficas y, aunque no traía dinero, autorizó este procedimiento y se retiró para conseguirlo. Dijo que regresó tres horas después y que su hijo ya estaba suturado de la herida. El médico que lo atendió le aseguró que la herida no era profunda, que sólo había penetrado un centímetro sin causar daños en órganos. Señaló que le recetaron algunos medicamentos y que su hijo se retiró con ella caminando.
Agregó que su familiar siguió las instrucciones del médico, pero a los dos días los dolores continuaban, por lo que fue trasladado a la Cruz Roja de Toluquilla, en Tlaquepaque, donde lo valoraron y dieron de alta de manera inmediata. Le dijeron que no había ningún peligro con la herida, porque era superficial. La agraviada señaló que su hijo salió por su propio pie del puesto de socorros, pero cinco horas después falleció a causa de dicha lesión.
El director jurídico municipal de El Salto informó que no se encontró ningún archivo de atención médica a nombre del hijo de la agraviada, a pesar de que se cuenta con dos recetas de los servicios médicos a nombre del ahora fallecido, del 3 de agosto de 2015, y esto último es prueba de que sí fue atendido en esa unidad médica el día señalado, con diagnóstico de herida por arma blanca, por el doctor en turno.
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