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125 RECOMENDACIONES SOBRE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
   
 
  RECOMENDACIÓN 175/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapotlanejo, Jalisco.

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 174/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 173/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapotlán del Rey, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 172/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapotitlán de Vadillo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 171/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapotiltic, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 170/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zapopan, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 169/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Zacoalco de Torres, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 168/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Yahualica de González Gallo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 167/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Villa Purificación, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 166/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Villa Hidalgo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 165/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Villa Guerrero, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 164/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Villa Corona, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 163/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Valle de Juárez, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 162/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Valle de Guadalupe, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 161/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Unión de Tula, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 160/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Unión de San Antonio, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 159/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tuxpan, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 158/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tuxcueca, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 157/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tuxcacuesco, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 156/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tototlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 155/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Totatiche, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 154/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tonila, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 153/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tonaya, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 152/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tonalá, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 151/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tomatlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 150/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tolimán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 149/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 148/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tizapan El Alto, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 147/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Teuchitlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 146/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tequila, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 145/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tepatitlán de Morelos, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 144/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Teocuitatlán de Corona, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 143/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Teocaltiche, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 142/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tenamaxtlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 141/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tecolotlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 140/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Techaluta de Montenegro, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 139/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tecalitlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 138/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tapalpa, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 137/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tamazula de Gordiano, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 136/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Talpa de Allende, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 135/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Tala, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 134/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Sayula, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 133/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Santa María del Oro, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 132/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Santa María de los Ángeles, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 131/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Sebastián del Oeste

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 130/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 129/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Miguel el Alto, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 128/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Martín de Hidalgo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 127/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Martin de Bolaños, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 126/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Marcos, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 125/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Julián, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 124/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Juanito de Escobedo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 123/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Juan de los Lagos, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 122/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Ignacio Cerro Gordo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 121/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Gabriel, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 120/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Diego de Alejandría, Jalisco.

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 119/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 118/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Quitupan, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 117/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Puerto Vallarta

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 116/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Poncitlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 115/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Pihuamo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 114/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ojuelos, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 113/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ocotlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 112/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Mixtlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 111/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Mezquitic, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 110/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Mexticacán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 109/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Mazamitla, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 108/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Mascota, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 107/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Magdalena, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 106/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 105/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de La Manzanilla de la Paz, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 104/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de La Huerta, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 103/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de La Barca, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 102/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Juchitlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 101/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Juanacatlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 100/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Jocotepec, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 99/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Jilotlán de los Dolores, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 98/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Jesús María, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 97/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Jamay, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 96/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Jalostotitlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 95/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ixtlahuacán del Río, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 94/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ixtlahuacán de los Membrillos, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 93/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Huejuquilla el Alto, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 92/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Huejúcar, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 91/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Hostotipaquillo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 90/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 89/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Guachinango, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 88/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Gómez Farías, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 87/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Etzatlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 86/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Encarnación de Díaz, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 85/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de El Salto, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 84/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de El Limón, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 83/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de El Grullo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 82/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de El Arenal, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 81/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ejutla, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 80/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Degollado Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 79/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cuquío, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 78/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cuautla, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 77/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cuautitlán de García Barragán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 76/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Concepción de Buenos Aires, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 75/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Colotlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 74/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cocula, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 73/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cihuatlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 72/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Chiquilistlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 71/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Chimaltitan, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 70/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Chapala, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 69/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Casimiro Castillo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 68/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cañadas de Obregón, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 67/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Cabo Corrientes, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 66/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Bolaños, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 65/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ayutla, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 64/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ayotlán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 63/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Autlán de Navarro, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 62/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Atoyac, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 61/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Atotonilco el Alto, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 60/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Atenguillo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 59/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Atengo, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 58/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Atemajac de Brizuela, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 57/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Arandas, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con los deberes y obligaciones del gobierno municipal, con respecto a la promoción de acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral, que se encuentra contenida en los tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como en diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 56/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ameca, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con los deberes y obligaciones del gobierno municipal, con respecto a la promoción de acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral, que se encuentra contenida en los tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como en diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 55/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Amatitán, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 54/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Amacueca, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 53/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Ahualulco de Mercado, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 52/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Acatlán de Juárez, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
  RECOMENDACIÓN 51/2020 18 de noviembre 2020

 

AUTORIDAD A LA QUE SE DIRIGE

 

A las y los integrantes del Ayuntamiento de Acatic, Jalisco

 
CONCEPTOS
 

violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y al acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en relación con el deber de la debida diligencia reforzada en la prevención, atención, sanción y erradicación de todo tipo de violencia contra las niñas y mujeres

MOTIVO
 

La presente Recomendación se deriva del análisis que esta defensoría realizó a las políticas públicas de igualdad entre mujeres y hombres, así como a las acciones realizadas para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en su municipio, desprendiéndose que, no obstante los esfuerzos realizados, estos han resultado insuficientes para cumplir con deberes y obligaciones del gobierno municipal, tratados internacionales suscritos y ratificados por México, así como diversas legislaciones estatales y municipales, por lo que, después de múltiples informes, pronunciamientos y peticiones realizadas por esta defensoría, resulta necesaria la emisión de esta resolución a efecto de impulsar acciones afirmativas en el marco de la máxima diligencia reforzada con perspectiva de género transversal e integral.

La presente inconformidad evidencia hallazgos y ausencias identificados en su municipio con relación al diseño, planeación y ejecución de políticas públicas orientadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, así como de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. De igual forma, se vislumbran áreas de oportunidad para garantizar de forma eficiente y eficaz los derechos humanos de las mujeres.

 
 
     
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